La justicia federal aceptó su competencia para dar trámite a la demanda que presentó la Red Mujeres para la Justicia -integrada por juezas y funcionarias judiciales de distintos fueros y tribunales del país-  para frenar la desgnación de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla en la Corte Suprema de Justicia.

Esa organización solicitó que se dicte la inconstitucionalidad de la propuesta del Poder Ejecutivo de designar dos varones más en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por violar sus obligaciones convencionales, constitucionales y reglamentarias.

Según se informó, ahora, el Estado Nacional y el Senado deberán producir en el plazo de tres días "un informe dando cuenta del interés público comprometido por la solicitud”. Esto quiere decir que la justicia espera las explicaciones pertinentes para decidir si dicta o no una medida cautelar frente al amparo solicitado por la inconstitucionalidad de los pliegos.

El gobierno de Javier Milei ya envió al Senado los pliegos de Lijo y García Mansilla, pese a las objeciones que recogió sobretodo el juez federal. Lijo es postulado para ocupar el cargo de la ya jubilada jueza de la Corte, Elena Highton de Nolasco, mientras que García Mansilla el es quien reemplazaría a Juan Carlos Maqueda cuando se jubile a fines de año.

Con la salida de Highton de Nolasco ya no quedan jueza en el máximo tribunal y eso es lo que se busca corregir con la demanda que presentó esta semana el colectivo de jueza y funcionarias del Poder Judicial.

La causa trámita bajo el número CAF 10637/2024 y quedó radicada ante el Juzgado No. 8 en lo Contencioso Administrativo Federal, a cargo de la Dra. Cecilia Gilardi Madariaga de Negre. La acción cuenta con el respaldo de Amnistía Internacional, ELA – Equipo Latinoamericano de Justicia y Género y el Centro para la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).

La demanda se presentó en representación de un amplio colectivo integrado por todas las mujeres abogadas, juezas, funcionarias judiciales y de los ministerios públicos fiscales y de la defensa que reúnen las condiciones para ser magistradas de la Corte, con lo cual se abre una nueva oportunidad para que la justicia haga valer el compromiso que asumió el Estado con la igualdad.

Pese a que cientos de organizaciones, asociaciones judiciales y académicas y colegios profesionales impugnaron los nombramientos por este motivo, los reclamos no fueron atendidos.

En los mensajes de elevación de los pliegos, el Ejecutivo consideró que integrar el tribunal con una composición de género diversa era una “exigencia que, en la medida de lo posible, corresponde ser tenida en cuenta, pero que de ninguna manera resulta excluyente” para la postulación de los candidatos. 

Según las entidades, la respuesta es errónea: una integración paritaria de la Corte Suprema y el acceso a cargos públicos, especialmente en órganos jerárquicos y de poder, son derechos políticos de las mujeres y el Estado tiene la obligación de hacerlos efectivos. ¿Cómo? Empezando por postular y seleccionar mujeres para los cargos vacantes, cada vez que tenga la oportunidad de hacerlo en un órgano mayoritariamente integrado por varones, como sin duda ocurre ahora en el máximo tribunal.

“La discriminación estructural e histórica de las mujeres en la sociedad les ha impedido el acceso a los puestos de mayor jerarquía en el Estado en general, en el Poder Judicial en particular, y más específicamente en la Corte. Pese a que, en el sistema judicial argentino, el 57% del personal del Poder Judicial está conformado por mujeres, ellas ocupan solo el 31% de los cargos de magistrados y magistradas de la justicia nacional y federal y solo el 29% de las máximas autoridades del Poder Judicial”, recordaron los organismos.

Se recordó además que en 162 años de historia, solo tres mujeres (frente a 104 hombres) lograron alcanzar el cargo de jueza de la Corte Suprema. “Frente a ello, es un deber del Poder Ejecutivo promover mujeres para la Corte que reúnan las altísimas cualidades, idoneidad y compromiso con los derechos que se requieren para semejante función. Así lo ordenan el Decreto 222/03 y la normativa constitucional y convencional vigente (artículos 16, 75 inc. 22 y 23 de la Constitución Nacional y artículos 1, 2, 5 y 7 inc. b de la CEDAW); sin embargo, el Ejecutivo le pidió al Senado que preste el acuerdo para sumar dos varones más a los tres con los que quedará integrado el tribunal a fin de año”, dijeron las entidades.