Un juzgado federal le niega a un empresario una cautelar contra el aporte solidario
La presentación fue realizada por José Luis Prado Lardizabal quien solicitó una “acción declarativa de inconstitucionalidad”. La Justicia consideró que el pedido fue "exclusivamente en la inminencia en el vencimiento de los plazos".
El juez Sergio Pinto, a cargo del Juzgado Federal de Bell Ville, rechazó hoy el pedido de una cautelar que había solicitado un empresario para frenar el pago del Aporte Extraordinario a las Grandes Fortunas.
José Luis Prado Lardizabal solicitó una “acción declarativa de inconstitucionalidad” y junto con eso una cautelar para que todo se frene mientras se analiza la validez del tributo.
“Tampoco se vislumbra la presencia del recaudo procesal del ‘peligro en la demora’ ni que la parte actora haya acreditado el o los perjuicios de irreparable reparación ulterior o el daño inminente que le producirá el pago del aporte instituido bajo la ley 27.605”, explicó el juez Pinto en su resolución.
Explicó que el empresario pidió la cautelar “exclusivamente en la inminencia en el vencimiento de los plazos establecidos en la resolución general de la AFIP No 4930, art. 9 referidos a la obligación que pesa sobre el contribuyente, la cual vence el día 30 de marzo del corriente mes y año para la presentación de la declaración jurada pertinente y el pago”.
Ayer, se conoció que una jueza en lo contencioso administrativo federal le otorgó a un empresario de Globant una cautelar para que no pague el Aporte mientras se debate el fondo de la cuestión.