La justicia civil le dictó al camarista Hornos una prohibición de acercamiento en un caso de violencia
El integrante de la Cámara Federal de Casación Penal no podrá tener contacto con la mujer que lo denunció por ningún medio. Además, se le comunicó que debe "cesar en los actos de perturbación o intimidación que, directa o indirectamente, realice hacia la denunciante, bajo apercibimiento de remitir las fojas pertinentes de las actuaciones a la justicia penal"
El Juzgado Civil N°12 dictó esta semana una prohibición de acercamiento para el magistrado Gustavo Hornos, integrante de la Cámara Federal de Casación Penal, en el marco de un expediente iniciado por violencia familiar en ese fuero. El juez no podrá acercarse ni tomar contacto con la denunciante -de la cual no se dirá su nombre para proteger su identidad- por 90 días.
La medida cautelar implica que no puede acercarse en un radio inferior a los 200 metros y que también tiene prohibido cualquier tipo de contacto físico, telefónico, por correo electrónico, por vía de terceras personas y/o “por cualquier medio que signifique intromisión injustificada con relación a la denunciante”.
“Los intereses que se procuran tutelar a través de la denuncia por violencia familiar, revisten singular trascendencia por estar referidos a salvaguardar la integridad psicofísica de quienes se encuentran inmersos en situaciones negativas”, explicó la jueza que dictó la medida y a la que Data Clave accedió. En el fallo, se indica que este tipo de medidas por su naturaleza cautelar “no requieren una prueba acabada o robusta para emitir las decisiones que tienden a tutelar los intereses en juego, basta con que sumariamente surja ‘prima facie’ la verosimilitud en el derecho y la situación de urgencia y peligro, para que el órgano judicial esté en condiciones de adoptar las resoluciones del caso”.
Para tomar la decisión, el Juzgado Civil tuvo en cuenta la entidad de los hechos denunciados y lo que surge del informe interdisciplinario de situación de riesgo elaborado por la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte. Además de la prohibición, se lo intimó a Hornos para que “cese en los actos de perturbación o intimidación que, directa o indirectamente, realice hacia la denunciante”. En caso de no hacerlo, el caso podría ser remitido a la justicia penal.
Además, el Juzgado le brindó a la denunciante una serie de Programas pensados “a efectos de brindar a aquellas mujeres y personas LGBT víctimas de violencia de género que se encuentran con procesos judiciales en trámite”. También se le comunicó que en caso de Hornos no cumpla con la orden de restricción, podrá recurrir a la policía, que labrará las actuaciones correspondiente para comunicarlas luego al fuero penal.