Dos jubilados promovieron una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el Decreto 782/24, mediante el cual el Poder Ejecutivo Nacional vetó la ley de movilidad jubilatoria. 

Representados por los abogados Andrés Gil Domínguez y Eugenio Semino, los afectados aseguraron que “el Decreto 782/2024 viola el principio de progresividad y no regresividad del derecho fundamental y humano a la seguridad social respecto de la movilidad y compensación de las prestaciones jubilatorias. El Decreto 782/2024 se encuentra vigente impidiendo la promulgación del proyecto de la ley 27.756”. 

En ese marco, los demandantes añadieron que el acto de gobierno resulta inválido, ya que “la exigencia de conformidad a la regla de fundamentación del veto no se limita a lo formal (expresión del fundamento), sino que también, comprende el aspecto sustancial (la razonabilidad del fundamento)”, por lo que pidieron la revisión judicial de este punto. 

Uno de los principales cuestionamientos es que el Poder Ejecutivo no estableció una fórmula de empalme que recomponga el haber jubilatorio en relación a la inflación verificada en el período delimitado por el decreto de veto.

Por lo tanto, "los fundamentos del veto no pueden basarse en un mero voluntarismo unilateral o de coyuntura que responda a las necesidades políticas de turno. El Estado constitucional y convencional de derecho supone el sometimiento completo del Poder al Derecho". 

De esta manera, los denunciantes solicitaron a la justicia que haga lugar a la demanda y se declare la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del Decreto 782/2024, ordenando al Poder Ejecutivo Nacional que promulgue el proyecto de ley registrado bajo el N°27.756 y lo publique en el Boletín Oficial.