Comienza la actividad judicial en medio de la disputa del Ejecutivo con la Corte Suprema
Las causas por coparticipación y en el Consejo de la Magistratura y la actividad en Comodoro Py, atravesadas por lo que suceda dentro del Congreso de la Nación.
Tras el parate habitual por la feria de enero, la actividad judicial se reanuda en medio de un climo hipertensionado tras la decisión del Poder Ejecutivo de avanzar en el juicio político contra los cuatro integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Justamente Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti tienen que resolver en dos expedientes claves para el oficialismo: la coparticipación y la situación con el Consejo de la Magistratura.
La primera de esas causas, que fue la gota que colmó el vaso en una relación siempre distante, tuvo antes de la feria el otorgamiento de una cautelar a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. El Ejecutivo Nacional presentó una recusación y un recurso técnico para revertir la decisión, algo que tiene pocas chances de prosperar. Si bien anunció que pagaría con bonos, en Tribunales sospechan que se judicializará todo lo que se pueda el cumplimiento a través de cuestiones técnicas. En Ciudad piden que se ejecute el fallo y que se embarguen cuentas de la Nación si es necesario
El tema lugares en el Consejo de la Magistratura de la Nación tampoco está resuelto: actualmente hay 16 consejeros porque los 4 que deben ser designados por el Senado están en conflicto. La situación Martín Doñate vs Luis Juez se dirime en el fuero contencioso administrativo pero terminará en la Corte. A esto se le suma que la propia actividad del Consejo será de difícil tramitación: oposición y oficialismo no parecen muy interesados en generar los consensos para aprobar ternas, por ejemplo.
Mientras tanto, en Py se dirimirán también causas con impacto político. Por un lado, está Hotesur-Los Sauces, donde el Tribunal Oral Federal 5 determinó -por mayoría- que correspondía dictar los sobreseimientos de todos los imputados, que incluyen no solo a Cristina Fernández de Kirchner sino también a sus hijos y a los empresarios Cristóbal López y Lázaro Baéz. El fallo de noviembre de 2021 sostenía que el lavado (bajo una figura anterior a la actual pero cuya aplicación correspondería por aplicar la ley penal más benigna) no habría configurado un delito. Es decir, que esos movimientos (de haber sucedido) no eran punibles de acuerdo a la legislación.
“El punto central y decisivo es que, en definitiva, las transferencias de fondos -o beneficios otorgados- inexorablemente revistieron un origen lícito, no sólo porque debieron ingresar (o ser aplicados) a través de medios bancarios o financieros al sistema económico, sino porque, como se dijo, dichos movimientos –o beneficios, en su caso- estuvieron respaldados por normas y decisiones emanadas de organismos oficiales y/o autoridades públicas”, remarcaron en ese momento. En esa línea, ese dinero ya estaba “limpio”, por lo que no podía, ni necesitaba ser lavado. Además, cuestionaron la figura de asociación ilícita, al considerar que ya se la perseguía por esa misma imputación en otros expedientes (como Vialidad)
La fiscalía recurrió ese fallo, sostuvo que debe llevarse adelante el juicio y por ahora Casación debe definir qué hacer. Es la Sala I, integrada por Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Ana María Figueroa, la que tendrá que tomar una decisión.
Esos mismos magistrados son los que intervienen en “Memorándum con Irán”. En ese expediente, el Tribunal Oral Federal 8 sobreseyó en 2021 a todos los involucrados. “Más allá de que se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó un delito”, sostuvieron en relación a lo hecho por el gobierno argentino.
En el fallo, dejaron en claro que el Memorándum de Entendimiento entre Argentina e Irán, según el criterio de Interpol, “no tenía entidad para morigerar la vigencia de las notificaciones rojas que pesan sobre los ciudadanos iraníes requeridos por la justicia argentina”. “A menos que las propias autoridades de Interpol hubieren formado parte de la conspiración junto a los aquí imputados, la contundencia de las pruebas descriptas impide otorgar eficacia convictiva a la hipótesis delictiva sometida a consideración de este Tribunal”, consideraron. De todas formas, cualquiera sea la decisión de Casación, las partes podrán pedir la intervención de la Corte, que ya tiene la causa “Dólar Futuro” en sus manos.
A todo ese clima caldeado se le suma que el 9 de marzo de 2023, el Tribunal Oral Federal 2 dará a conocer los fundamentos en “Vialidad”. Ya desde la fiscalía anticiparon que recurrirán el fallo por haber descartado la figura de la asociación ilícita.
Las defensas de los condenados, entre las que está la de Cristina, tendrán diez días hábiles para revisar y recurrir el fallo, lo que permitiría que Casación intervenga en el caso. Los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo son quienes deben cumplir ese rol. Los dos primeros fueron duramente cuestionados por sus reuniones con Mauricio Macri tanto en Olivos como en la Casa Rosada.