Protesta laboral y bloqueos: qué dicen las resoluciones que tomó la justicia
Los tribunales ya han intervenido en casos similares al conflicto en el sector de neumáticos, en los que se planteó si este tipo de acciones son ejercidas dentro de los límites constitucionales de la huelga y del derecho a peticionar.
El sector de los neumáticos atraviesa un profundo conflicto, luego de que el Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (Sutna) iniciara un paro por tiempo indeterminado y bloqueara al ingreso a las principales plantas.
Frente a esta compleja situación, algunos dirigentes de la oposición -entre los que se destaca Patricia Bullrich- reclamaron la "intervención urgente" de la justicia. "No hay un juez que tome medidas concretas", sostuvo la presidenta del PRO en declaraciones radiales.
A su vez, diputados de Juntos por el Cambio presentaron un proyecto de ley para que “quienes bajo el pretexto de razones gremiales impidan o estorben el normal funcionamiento de un establecimiento comercial o industrial” sean penados con reclusión o prisión de tres a ocho años. El texto también propone la inhabilitación para ejercer su representación gremial por el doble del tiempo de la pena.
La Justicia penal ya ha intervenido en otros bloqueos a empresas. En todos los casos se planteó si este tipo de acciones son ejercidas dentro de los límites constitucionales de la protesta y del derecho a peticionar a las autoridades.
En los expedientes donde se judicializó la protesta y el reclamo, las calificaciones utilizadas se acercaron hacia el lado de los daños (cuya situación puede resolverse en el ámbito civil a través de un pago) o por delitos concretos que se dieron en las manifestaciones, como son las amenazas.
Tal fue el caso de las protestas en la pyme Química Oeste, ubicada en Esteban Echeverría. En este sentido, el fiscal Fernando Semisa elevó a juicio la causa por "turbación de la posesión" contra un directivo del Sindicato de Camioneros y siete empleados que participaron de un bloqueo a la planta en 2021.
La “turbación” está prevista en el párrafo tercero del artículo 181 del Código Penal bajo la figura de “usurpación”. Allí se explica que eso se da cuando alguien “perturba” con violencia o amenazas la posesión o tenencia de un inmueble. En ese caso, tiene una pena que va hasta los tres años de prisión.
A esta causa se suma el procesamiento por el delito de "coacción" contra otros cinco representantes del Sindicato de Camioneros por el bloqueo realizado al depósito de Villa Soldati de la empresa Andar Transportadora. La decisión la tomó el juez Fernando Caunedo, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Número 10, y luego fue ratificada por la Cámara.
En el ámbito civil, la Justicia también responsabilizó a un sindicato por los daños padecidos por la empresa Lactocrem S.A. como consecuencia de un bloqueo y amenazas a sus socios. La firma sufrió la "afectación del prestigio que la sociedad se había ganado entre sus clientes, debido al incumplimiento de la entrega de la mercadería ya pactada y facturada como consecuencia del bloqueo", según determinó la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.