La Corte Suprema de Justicia anuló hoy la absolución del empresario Cristóbal López y de su socio Fabián De Sousa, en una causa donde fueron acusados de haber retenido 8000 millones de pesos en impuesto a los combustibles y haber usado ese dinero para capitalizar su grupo económico Indalo.

“Se hace lugar parcialmente a la queja, se declara en esa medida procedente el recurso extraordinario y, con el alcance señalado, se deja sin efecto la sentencia apelada. Remítase para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo expuesto”, sostuvieron los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz.

En diciembre de 2021, los jueces Fernando Machado Pelloni y Javier Ríos absolvieron a los dos empresarios y condenaron al extitular de la AFIP Ricardo Echegaray a cuatro años y ocho meses de prisión. El magistrado Andrés Basso votó por las condenas de los tres. En octubre de 2023, la Cámara de Casación confirmó la absolución de López y de su socio De Sousa. Allí, se ordenó recalcular la pena de cuatro años y ocho meses de prisión que había sido impuesta a Echegaray, al entender que el cómputo está mal hecho.

Contra esa decisión, el Ministerio Público Fiscal fue al Máximo Tribunal a buscar revertirlo. “Que esta Corte entiende, de conformidad con los argumentos y conclusiones expresados por el señor Procurador General de la Nación interino en el dictamen que antecede –con exclusión del párrafo octavo del segundo apartado-, que asiste razón al recurrente en cuanto alega que el fallo apelado dio un tratamiento aparente a los agravios que oportunamente planteara en el recurso de casación deducido contra la absolución de los imputados Carlos Fabián De Souza y Cristóbal Manuel López y por los que sostuvo la arbitraria -por dogmática y fragmentaria- valoración de las pruebas incorporadas a este proceso”, sostuvieron los jueces.

La Corte anuló la absolución de Cristóbal López y Fabián De Sousa por presunta defraudación

“Respecto de los restantes agravios relacionados con el levantamiento de las medidas cautelares dispuestas respecto de Carlos Fabián De Souza y Cristóbal Manuel López y de las empresas en las que tienen participación, así como del rechazo del pedido de reparación integral del daño causado por el ilícito por el que fuera condenado Ricardo Etchegaray, el recurso extraordinario no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”, aclararon, por lo que no se inmiscuyeron en esta temática. Ahora, habrá que dictar un nuevo fallo donde se trate de manera profunda y exhaustiva los argumentos de la fiscalía.