Ganancias vuelve a la agenda del Congreso: presentaron un proyecto para subir el piso
Desde junio de este año, el mínimo no imponible está en $280.792 y el Bloque Socialista propuso una actualización del 23.53%. La iniciativa se conoce luego del reclamo de Sergio Palazzo, líder de La Bancaria, para evitar que afecte las subas salariales logradas en las reaperturas de paritarias.
Hace apenas una semana, Sergio Palazzo -líder del gremio La Bancaria y los diputados Claudia Ormachea y Carlos Cisneros le pidieron al ministro de Economía, Sergio Massa, que adelante la suba del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias.
Desde junio último, según lo dispuso el decreto 298/2022, no corresponde efectuar retención alguna del Impuesto a las Ganancias cuando la remuneración bruta mensual no supere los $ 280.792. Sin embargo, miles de trabajadores quedarían alcanzados por el tributo por las subas salariales logradas en las reaperturas de paritarias.
El puntapié inicial lo dio el Bloque Socialista al presentar este miércoles un proyecto para actualizar un 23.53% el mínimo no imponible. "Ante la gran inflación, este proyecto viene a reparar la cantidad de personas que quedarían expuestas a pagar este impuesto producto de las paritarias", explicó la diputada Mónica Fein a Data Clave y añadió: "Además de perder con la inflación, perderían siendo sujetos imponibles".
"Entendemos que se debe continuar con el objetivo de política pública mediante el cual se estableció que solo el 10% de los trabajadores mejor remunerados sean pasibles del impuesto y no ir sobre quienes tienen peor poder adquisitivo. Es así que el proyecto dejaría por fuera de la imposición a sueldos netos menores a $ 242.000 promedio mensuales", añade en sus fundamentos la iniciativa.
A su vez, la propuesta - que también lleva la firma del diputado Enrique Estévez- impulsa que el Poder Ejecutivo siga fijando -para los salarios ligeramente superiores a ese monto- un mecanismo de deducción adicional a fin de que el salto de carga tributaria sea acompasado y proporcional.
También contempla una modificación en el cronograma de actualización automática del monto de las deducciones del artículo 30 de la actual normativa, lo que permitiría modificar las deducciones por carga de familia del inciso a) de dicho artículo, a partir de los haberes brutos devengados en septiembre. Por ejemplo, los cargas por hijo pasarían de $118.741,97 a por lo menos $172.241,35 o la deducción especial para trabajadores autónomos de 883.976,94 a por lo menos $1.282.263,24.