Elecciones 2025: la justicia electoral ya se prepara para el primer comicio nacional con BUP
Esta semana, integrantes del Consejo de la Magistratura se reunieron con las autoridades de la Cámara Nacional Electoral. Las particularidades de la Boleta Única de Papel aprobada este año. Ya está disponible la consulta sobre el padrón provisorio.
Hace poco más de un mes, el Congreso aprobó el proyecto de Boleta Única de Papel para las elecciones nacionales. Con 143 votos positivos, 87 negativos y 5 abstenciones el oficialismo acordó con la oposición dialoguista sostener los cambios que habían incorporado en el Senado bloques provinciales. Entre ellos, pasar al modelo de boleta que se utiliza en las elecciones de Mendoza y sin casillero para poder votar lista completa.
Toda la discusión fue seguida atentamente por la Cámara Nacional Electoral, el ente dentro del sistema judicial que tiene competencia en todo el país y cumple un rol esencial en todo lo relativo a la organización de los procesos electorales. Además, es la autoridad superior de aplicación de lo que es la legislación político electoral.
En ese sentido, una vez que se termina con un proceso eleccionario (que abarca no solo los resultados sino todos los pasos previos y la actuación de los partidos políticos), ya se comienza a planificar el siguiente comicio. Las legislativas 2025 tendrán su particularidad debido a que serán las primeras a nivel nacional que se realizarán con la boleta única de papel.
La Cámara, compuesta por los jueces Santiago Hernán Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Ricardo Dalla Via, ya tomó las primeras determinaciones. En ese sentido, desde el viernes 1º de noviembre ya está disponible para la consulta el padrón provisorio.
Además, se dispuso “instar a la ciudadanía a verificar sus datos y, eventualmente, reclamar su corrección por las vías habilitadas”. Además, se le indicó al Registro Nacional de las Personas que requiera particularmente que los trámites de “actualización de mayor” se comuniquen con carácter de urgente a la justicia nacional electoral a fin de posibilitar su inclusión en los padrones electorales, en referencia a aquellos adolescentes mayores de 14 que no hayan actualizado aún su DNI.
Además, le solicitó a la Secretaría de Interior y a la Secretaría de Educación de la Nación que “arbitren los medios eficaces para informar, posibilitar y promover la realización del referido trámite de ‘actualización de mayor’ por parte de todas las personas que, teniendo la edad pertinente, a la fecha no lo hayan efectuado”.
En esa misma línea, mantienen desde hace meses comunicación con el Consejo de la Magistratura para que, a través de las áreas técnicas Direcciones Generales de Tecnología y de Seguridad Informática-, “se garantice la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información en todos los sistemas que habrán de utilizarse en los comicios nacionales del año próximo”.
En reunión de Comisión de Administración y Financiera de esta semana del Consejo, presidida por el diputado Álvaro González, se informó sobre la reunión mantenida con autoridades de la Cámara Nacional Electoral. El motivo fue conocer otras necesidades que requieran el apoyo del Consejo para agilizar su trámite y garantizar así el proceso electoral.
Los detalles de la BUP
La boleta incluirá todas las categorías electorales en una sola hoja, divididas en filas horizontales por categoría y columnas verticales por partido político. Cada columna identificará claramente el nombre, sigla, logo y número del partido, así como los nombres y fotografías de los candidatos según la categoría.
Habrá un casillero en blanco junto a cada cargo para votar en blanco en esa categoría, pero no habrá un casillero para votar por una lista completa. Las listas completas de candidatos con sus suplentes se publicarán en afiches en las cabinas de votación y centros de votación.
El diseño de la boleta será estandarizado a nivel nacional, con la Cámara Nacional Electoral estableciendo un modelo base que las Juntas Electorales Nacionales adaptarán a sus distritos.
La impresión de las boletas únicas estará a cargo del Poder Ejecutivo. Se imprimirá un número de boletas igual al número de electores más un 5% adicional para reposición. El Ministerio del Interior proveerá las boletas y las distribuirá a través del correo a las Juntas Electorales, que a su vez las harán llegar a los presidentes de mesa.
El elector recibirá una boleta única firmada por el presidente de mesa y un bolígrafo indeleble para marcar su elección en la cabina de votación. Cualquier tipo de marca dentro del casillero será válida, incluso si sobrepasa el casillero, siempre y cuando se pueda identificar la voluntad del elector.
El escrutinio se realizará con la presencia de fiscales y se contabilizarán los votos válidos, nulos, recurridos e impugnados según las definiciones de la ley. Los votos recurridos se enviarán a la Junta Electoral para su resolución.
La Junta Electoral Nacional realizará el escrutinio definitivo, que deberá concluir en un plazo máximo de 10 días corridos en el caso de la elección presidencial. La ley también modifica las penas por delitos electorales, incluyendo la sustracción, destrucción o falsificación de boletas únicas.