“La inteligencia es conocimiento”: tres puntos claves de la resolución que citó a indagatoria a Mauricio Macri
En el fallo que dictó el juez federal subrogante de Dolores Martín Bava se hace foco en los manejos que tuvo la AFI y en que Silvia Majdalani incluso contó cómo se controlaban manifestaciones.
El llamado a indagatoria del 7 de octubre para el ex presidente Mauricio Macri es solo una parte del extenso documento donde se analizaron diversos episodios de espionaje que sufrieron los familiares de las víctimas del ARA San Juan.
Al analizar la situación, el juez federal subrogante de Dolores, Martín Bava, sostuvo que todas las maniobras eran “de una gravedad inconmensurable para nuestro país, nuestra democracia y nuestra historia” y que el deber del Poder Judicial era “investigarlo y sancionarlo”.
"Se encuentra acreditado que luego de la finalización del Proyecto AMBA y la restructuración de la Agencia Federal de Inteligencia, el espionaje político, social y sindical continuó desarrollándose desde la Delegación de Mar del Plata y todo ello aconteció sin que nada ni nadie lo hubiera controlado. En ese marco, el espionaje ilegal llegó al extremo de llevar a cabo esas mismas acciones contra quienes ya habían sido víctimas del Estado, por haber perdido a sus seres queridos en el marco de un acto de servicio a la Nación. Ello se hizo con el objetivo de anticiparle a la máxima autoridad del Estado en ese entonces, cuáles serían los reclamos del colectivo de familiares quienes para ese entonces, eran los protagonistas de uno de los temas de mayor trascendencia nacional”, resaltó el juez.
La ilegalidad de los espionajes
“Está mal y es igual de ilegal que la Agencia Federal de Inteligencia realice espionaje sobre organizaciones sociales gremiales y/o políticas, como hacerlo respecto de familiares de un submarino desaparecido”, consideró Bava, al momento de analizar dos cuestiones que hay dentro de esta causa y sus ramificaciones. El espionaje a los familiares está enmarcado dentro de la actuación de las ya famosas sedes AMBA de la AFI, desde donde se desplegaron diversas maniobras ilegales.
“El hecho de que agentes cubran hasta los reclamos efectuados por cuatro familiares dentro de un predio militar, no hace más que reflejar la especial atención que la Agencia Federal de Inteligencia le prestó a las y los familiares de los tripulantes del ARA San Juan, sus reclamos y cada una de sus medidas de fuerza”, puntualizó.
Luego, puso el foco en el hecho de que, durante todo 2018, la agenda mediática y política estuvo centrada en lo sucedido con la desaparición del ARA San Juan. “¿En qué momento esta “comunidad” de hombres y mujeres, reconocidos socialmente como el ideal de la abnegación, se convirtieron en una disfunción del sistema, una amenaza al orden social?”, se preguntó.
“La trascendencia nacional e internacional del conflicto suscitado con la desaparición del submarino ARA San Juan; como también por el contenido de los documentos de inteligencia hallados al respecto, se descarta cualquier argumento de ‘cuentapropismo’ y/o extralimitación de agentes de ‘bajo rango’ y pone en el centro de la escena a las más altas autoridades políticas de aquél entonces”, aclaró. La postura de cuentapropismo fue abordada en más de una ocasión en este expediente y en otros por Gustavo Arribas y Silvia Majdalani.
“Se encuentra acreditado que la Agencia Federal de Inteligencia se dedicó en forma sistemática a la recolección, sistematización, análisis y producción de inteligencia vinculada con los y las familiares y allegados de los tripulantes del submarino ARA San Juan”, marcó y detalló el juez que eso implicó el registro de reuniones, manifestaciones públicas, misas, audiencias en órganos legislativos, visitas al entonces Presidente de la Nación, y otra serie de eventos y reclamos, “que implicaron la compilación exhaustiva de datos personales de las personas espiadas y hasta la infiltración en los reclamos que llevaban adelante”. Todo esto está prohibido por la Ley Nacional de Inteligencia.
A confesión de parte: los comentarios de Majdalani
“A la AFI, en realidad, no le interesa cuál es el motivo de la reunión, de la manifestación o de la protesta; los ciudadanos tienen derecho a protestar, a manifestarse, a peticionar libremente, la agencia ni interfiere, ni opina, ni juzga respecto del reclamo en sí, del fondo de la cuestión; la agencia lo que hace es velar, velar, por la seguridad interior, la agencia está atenta a la forma de la manifestación, a si puede esa reunión convertirse en un riesgo, a si puede esa reunión ser infiltrada por algún grupo revoltoso y entonces ocasionarse una situación riesgosa, eso es lo que hace la agencia y eso es lo que corresponde que haga y eso es lo que hace cumplimentando con la ley”. De esa forma se defendió Majdalani en esta causa.
Para el juez, esa admisión colisionó directamente con lo que habilita la ley de inteligencia: “La imputada admite que durante su gestión la Agencia Federal de Inteligencia se inmiscuía en movilizaciones políticas con el pretexto de ‘velar por la seguridad interior'”. Cuestionó entonces que Majdalani haya dicho que la información que se recolectaba, por más de que no fuera útil ni un “peligro para la sociedad”, se guardara para “futuros análisis” en lugar de destruirse.
En esa línea, consideró que se analizaron los perfiles de redes sociales de familiares de los tripulantes y se agregaron a los informes las opiniones que tenían sobre el gobierno. “No se observa cuál es el valor que puede representar esa información para futuros análisis, a menos que los mismos no guarden relación con la defensa de la seguridad interior, sino con el nivel de aprobación de la gestión de gobierno”, concluyó el juez.
“Majdalani pretendió justificar, adjudicando razones de seguridad presidencial, que los agentes de la AFI hayan realizado un informe colocando a dos mujeres -esposa y hermana de dos de los tripulantes desaparecidos-, que las hayan fotografiado e identificado y hasta hayan adjuntado sus perfiles de redes sociales en las que se indicaban cuáles eran sus opiniones sobre algunos funcionarios del entonces Gobierno Nacional y sobre el manejo que estos tenían respecto la desaparición del submarino”, remarcó el juez.
“¿Qué amenaza a la seguridad interior o a la seguridad presidencial puede presuponer dos mujeres en un predio custodiado por diversas fuerzas policiales y/o militares que lo único que querían era tener unos minutos de la atención de la máxima autoridad de la República en aquel entonces?”, se preguntó.
“Sostener la idea de que puedan hallarse factores de riesgo para la seguridad interior o la defensa nacional en eventos de este tipo, nos remonta a inaceptables épocas anteriores a la recuperación de la democracia, en las que se efectuaban similares tareas de espionaje político interno, recopilando información de numerosos ciudadanos en base a su militancia sea esta partidaria, gremial, comunitaria, etc. Esa producción de inteligencia ilegal no pudo deberse a una concatenación de 'extralimitaciones' sino a una directiva precisa emanada de las máximas autoridades del Poder Ejecutivo Nacional”, remarcó. En esa línea, mencionó que los informes se hicieron después de las manifestaciones, donde ya no había posibilidad de evitar supuestamente las vulneraciones a la seguridad.
“El informe es ilegal porque no había argumento que justificara su realización, es ilegal porque se individualizó injustificadamente a esas personas, es ilegal porque se las fotografió y es ilegal porque luego de eso se compulsaron sus perfiles de redes sociales con sus opiniones personales sobre la gestión del gobierno de turno y se agregaron todos esos datos al informe”, resaltó al respecto de uno de los informes que se analizaron y encontraron.
“El hecho de que se hayan encontrado numerosos documentos que refieran el espionaje contra los familiares de los tripulantes, además de dejar en evidencia la ilegalidad del accionar, es un argumento más que permite demostrar la planificación y la orden de los eslabones superiores del organismo de inteligencia”, estableció. Al mismo tiempo, trajo un comentario de Majdalani sobre el armado de “carpetas” y como quedaban “en consideración del Presidente de la Nación”.
“No solo las más altas autoridades de la Agencia Federal de Inteligencia estaban en pleno conocimiento de las acciones ilegales que realizaban en Mar del Plata, sino que además, le retransmitían estas acciones al Presidente de la Nación. Es otro argumento que permite demostrar que el entonces Presidente de la Nación, Mauricio Macri, se encontraba en pleno conocimiento del especial interés y el seguimiento que realizaba la Agencia Federal de Inteligencia respecto los familiares de los tripulantes del submarino ARA San Juan”, sostuvo.
¿De qué se lo acusa a Macri?
En el fallo, se mencionó por supuesto el rol de Presidente y como ordenó y posibilitó entre diciembre de 2017 y fines de 2018 “la realización sistemática de tareas de inteligencia expresamente prohibidas por la ley 25.520 y sus modificatorias, consistentes en la obtención de información, producción de inteligencia y almacenamiento de datos sobre personas, por su opinión política o su pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias y de Derechos Humanos”.
“En este contexto, el Presidente de la Nación no solo ordenó la realización constante de acciones ilegales sobre los familiares de los marinos mencionados, sino que recibió el análisis de esa información efectuado por la Agencia Federal de Inteligencia, acorde al lugar que le correspondía al imputado en el ciclo de inteligencia como máximo responsable político en la determinación de los lineamientos y objetivos estratégicos”, resumió el juez.
Por último, dijo que Macri “impartió las directivas generales para el desarrollo de las conductas antes descriptas y para ello, destinó recursos económicos, técnicos, tecnológicos, humanos y logísticos para llevar adelante las tareas ilícitas”.