Nueva fórmula jubilatoria: salarios dignos para jubilaciones dignas
La fórmula de cálculo del actual Gobierno y la que utilizó la gestión de Mauricio Macri son bien distintas. Ahora se vuelve a vincular el valor de las jubilaciones y pensiones con los salarios y con la recaudación impositiva. Es decir, se ata la suerte del sector pasivo a la del activo y a la del conjunto de las políticas públicas. ¿Cómo serán las condiciones para los jubilados en 2021?
En noviembre de 2019, previo al cambio de gobierno, la jubilación mínima era de unos $12.900, mientras que en diciembre de 2020 fue de poco más de $19.000, lo que implicó un aumento nominal de 47%, mientras que, en ese período, la inflación acumulada fue de 39%. Es decir que los haberes que perciben la mitad de las personas con jubilaciones y pensiones de la ANSES le ganaron a la inflación en ese lapso. Además de eso, las personas que cobraban el haber mínimo recibieron un bono de $5.000 en diciembre de 2019, otro del mismo valor en enero de 2020 y uno más, de $3.000 en abril de 2020.
Otro 30% de la población adulto mayor destinataria de las prestaciones de la ANSES cobra un monto de entre uno y dos haberes mínimos, ya sea porque tienen jubilación y pensión, o porque perciben un solo beneficio, pero de un monto algo superior al mínimo. Este grupo tuvo los mismos aumentos que quienes cobran la mínima. En diciembre 2019 (8,74%), junio 2020 (6,12%), septiembre 2020 (7,50%), y diciembre 2020 (5,00%). En tanto, que marzo de 2020 tuvieron un incremento de 2,3% más $1.500 (ello implica, por ejemplo, un aumento del 12,30% para una jubilación de $15.000, pero de solamente 7,30% para otra de $30.000). Eso explicó una actualización menor que la de la mínima pero que, de todos modos, resultó de un 40%. Es decir, un punto por encima de la inflación acumulada en esos trece meses, resultando, en casi todos los meses de ese período (la única excepción es noviembre 2020), superior a su valor real de noviembre de 2019.
Incluso la jubilación máxima (actualmente de más de $150.000), en siete de esos trece meses resultó superior a su valor de noviembre de 2019 (descontado el efecto de la inflación). Es más, si se computa la media del período, no implicó una pérdida del poder de compra para sus destinatarios.
Antes de considerar los cambios para 2021, dados por la nueva Ley de Movilidad (que reemplaza a la que estuvo vigente en 2018 y 2019 y que fue suspendida durante 2020, año de aumentos discrecionales) vale la pena considerar hasta qué punto la inflación general, medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), refleja realmente las variaciones en el poder adquisitivo de la población adulto mayor.
El IPC pondera distintos tipos de bienes y servicios (alimentos, gastos en salud, en educación, en servicios públicos, en vestimenta, en esparcimiento, en transporte, etc), con idénticas ponderaciones para toda la población.
Es claro que, para una persona mayor, que ya no tiene que ir todos los días a trabajar, el gasto en transporte no tiene el mismo peso que en su etapa activa. Tampoco el gasto en educación, dado que ya no hay niños, niñas ni adolescentes en edad escolar en el hogar. Y consideraciones similares podrían hacerse para rubros como vestimenta y esparcimiento.
En cambio, por cuestiones lógicas de la edad, la importancia económica de la atención de la salud es mucho mayor en esta etapa de la vida, a la vez que la permanencia en la vivienda durante buena parte de la jornada también presiona sobre el gasto en servicios públicos.
En tal sentido, cabría considerar, como factores que impactan positivamente sobre el poder de compra de los haberes previsionales, el efecto del congelamiento de tarifas de servicios públicos durante 2020. Así como la re ampliación del acceso gratuito a medicamentos para la atención de enfermedades crónicas para millones de personas de la tercera edad afiliadas al PAMI, a quienes se había excluido de este beneficio en los últimos años.
Fórmula de movilidad
Ahora sí, cabe analizar, finalmente, el desempeño de la fórmula de movilidad aplicada a los haberes previsionales en 2018 y 2019 en una perspectiva comparada con la que aprobó hace pocos días y que comienza a aplicarse desde este 2021.
A fines de 2017, en medio de una feroz represión fuera del Congreso Nacional, se sancionó, por Ley, un cambio en la forma de actualizar las jubilaciones y pensiones (movilidad). Desde 2009 y hasta entonces, dicha movilidad se calculaba: mitad según el incremento de los salarios y mitad acorde a la recaudación de impuestos con destino a la ANSES (como parte del IVA, del impuesto a los combustibles y del impuesto a las ganancias). A partir de 2018, ello se reemplazó por una fórmula que contemplaba en un 70% la inflación y en un 30% el aumento de los salarios.
Si bien la promesa era que ello iba a permitir que las jubilaciones no perdieran contra la inflación, en los hechos, implicó una caída real del 13% en el valor del haber previsional en 2018 y del 2% en 2019. Vale recordar que, con la forma de calcular anterior, las jubilaciones y pensiones le ganaron a la inflación por 4,5 puntos en 2009, por 3 puntos en 2010, por 11 puntos en 2011, por puntos 5,5 en 2012, por 5 puntos en 2013, por 5 puntos en 2015 y por 2,5 puntos en 2017, perdiendo poder de compra solamente en 2014 (6 puntos) y 2016 (6,5 puntos).
A fines de 2020 se sancionó una nueva ley de movilidad jubilatoria que, básicamente, elimina los cambios introducidos tres años antes y restaura la manera de actualizar las jubilaciones vigente en 2009-2017, con la única salvedad de que los aumentos no serán semestrales, como eran entonces, sino trimestrales.
Al revincular el valor de las jubilaciones y pensiones con los salarios y con la recaudación impositiva, se ata la suerte del sector pasivo a la del activo y a la del conjunto de las políticas públicas (sostenidas por el Estado a través del cobro de impuestos), en el entendimiento de que los frutos del crecimiento económico deben ser compartidos con la población adulto mayor y reconociendo que no es posible sostener jubilaciones dignas sin salarios dignos ni un Estado con capacidad recaudatoria.
En contrapartida, el haber atado, con cierto retraso, las jubilaciones y pensiones a la inflación, producía el efecto perverso de que cuando se aceleraba el aumento de precios, los haberes iban perdiendo más y más poder de compra, mientras que cuando se reducía el ritmo inflacionario, la fuerte recomposición de las (muy disminuidas) prestaciones previsionales presionaba fuertemente sobre las finanzas públicas nacionales, de las que los haberes de jubilación y pensión explican más de la mitad de las erogaciones.