Justicia Federal ordena al Banco Nación suspender el cobro de cuotas a víctima de phishing
Se trata de un crédito de 550.000 pesos tomado por ciberestafadores con los datos de una clienta del banco. A pesar de estar al tanto de la situación, la entidad sigue descontándole $29.000 mensuales en concepto de devolución.
El Juzgado Federal Nro. 2 de La Plata, a cargo del juez Adolfo Gabino Ziulu, otorgó este lunes una medida cautelar que ordena al Banco de la Nación Argentina a suspender el cobro de las cuotas de un crédito 550.000 pesos que habían tomado ciberestafadores mediante la modalidad phishing.
La cautelar en la causa “Suarez Susana Patricia C/BNA s/ Civil y Comercial-Varios” es la primera cautelar en el marco de este tipo de delitos que otorga la Justicia Federal de La Plata.
El abogado de la víctima, Marcelo Szelagowski, manifestó: “El fallo se encuentra en línea con lo resuelto por los Jueces de Provincia de un año a esta parte y que por una cuestión subjetiva resulta de competencia Federal, sin embargo es ponderable la resolución del Juez ya que claramente resalta la obligación de seguridad y garantía de la entidad bancaria, máxime tratándose de una entidad federal que no pudo explicar la operatoria que permita justificar el otorgamiento del crédito”.
Según el fallo del juez Ziulu, “surge prima facie que la accionante habría sido víctima de un ciberdelito, conforme consulta de movimientos del 18/05/2021 y formulario de denuncia en IPP N° 18-496-21 que tramita ante la UFI n° 15 de La Plata. Por otro lado, cabe considerar que el Banco de la Nación Argentina persiste en el descuento de las cuotas correspondientes al crédito denunciado, pese a estar en conocimiento, al menos, de la alegada ajenidad de su cliente en la operatoria virtual de la que derivó dicho préstamo y de la existencia de una investigación penal en curso para determinar cómo ocurrieron los hechos y quiénes fueron efectivamente sus responsables (cfr. IPP N° 18-496-21 citada)”.
Y agrega: “Cabe reparar también en el perjuicio que genera en la actora el mantenimiento de esta situación de hecho; toda vez que el préstamo debe devolverlo en 48 cuotas mensuales de $ 29.000 cada una, produciéndose una merma significativa en sus haberes -que tienen carácter alimentario- y que percibe a través del Banco demandado, situación que perdurará durante un largo período de tiempo. En el caso, cabe ponderar también que la entidad bancaria no aportó en esta etapa preliminar del proceso suficientes elementos y/o documentación respaldatoria que permita justificar lo actuado y la operatoria del préstamo cuestionado; ello no obstante que se encuentra en mejores condiciones para hacerlo por su especialidad y versación en la materia”.
Además el magistrado resalta: “Debe considerarse que el vínculo jurídico que une a las partes es una relación de consumo en los términos del art. 3 de la ley 24.240 y art. 1093 del Código Civil y Comercial, con lo cual pesaría sobre la entidad bancaria en su condición de proveedor una obligación expresa de seguridad y garantía respecto de los usuarios con los que ha contratado, que le impone prestar el servicio de forma tal que no le cause daños a éstos, tanto en su persona como en sus bienes (arts. 5, 6, y 40 y cctes de la ley 24.240 y art. 42 de la Constitución Nacional). Todo este estado de situación da cuenta, prima facie, de la existencia de circunstancias graves que ameritan el dictado de la cautelar peticionada en beneficio del consumidor.”
Historias que se repiten
Existen antecedentes respecto a este tipo de delito, cada vez más frecuente. Tal es el caso que tiene como víctima a un jubilado y veterano de la Guerra de Malvinas discapacitado de Bahía Blanca, quien en noviembre de 2020 solicitó al BNA la nulidad de un crédito por $270.000 otorgado a su nombre entre el 18 y el 21 de septiembre que no había solicitado ni percibido, pero cuyas cuotas se le debitaban de su cuenta, y de la cual habían extraído $16.000, todo mediante el sistema de homebanking de la entidad bancaria.
En su presentación, el hombre señaló que en agosto de 2020 había publicado a la venta un tractor, en la plataforma Marketplace de Facebook. Días después, un supuesto interesado se contactó con él y le pidió los datos para realizar la transferencia para señar el vehículo y que le cancelaría el resto cuando concurriera a retirarlo. El 18 de septiembre, el supuesto comprador le envió un comprobante de la supuesta transferencia realizada, pero cuando la víctima verificó en su cuenta vio que no se había acreditado el dinero. En este contexto, el comprador le dijo que había un problema administrativo con el banco, y que se solucionaría desde un cajero, detalla Fiscales.gob.ar.
La víctima recibió un correo electrónico de Red Link, que decía que un asesor se comunicaría con él para “realizar la activación” del dinero supuestamente transferido y nunca acreditado. Mediante un llamado le indicaron qué debía hacer en un cajero automático. Días después al ingresar a su homebanking, el damnificado tomó conocimiento de que se había contratado un préstamo a su nombre, por $270.000, que se había hecho una extracción por $16.000 y que los fondos se habían transferido a otras dos cuentas, radicadas en entidades de las provincias de Córdoba y Santa Fe, por lo que efectuó la pertinente denuncia penal en la UFIJ N°12 de Bahía Blanca, indica el portal web.
Otra de las víctimas fue un jubilado de Mar del Plata, a quien también le robaron los datos de manera virtual. Tras intentó acceder a una publicación que vio en Facebook sobre los servicios de la cuenta DNI del Banco Provincia de manera fallida, recibió un mensaje a su Whatsapp, en el que le ofrecían ayuda técnica para solucionar cualquier problema, pero que debía ir hasta un cajero automático para habilitar un usuario del home banking y un token.
Fue al cajero y lo llamaron para indicarle los pasos a seguir. Días más tarde recibió una comunicación del Banco donde le confirmaba que le darían un préstamo de 1.232.000 pesos.