Polémica por el avión venezolano-iraní: el juez Villena rechazó un habeas corpus en favor de la tripulación
El magistrado avaló lo actuado por la Dirección Nacional de Migraciones, que dispuso retener la documentación de los ciudadanos de nacionalidad iraní. Pueden salir del país únicamente en un avión de línea, pero no pueden subirse a la aeronave.
El juez federal de Lomas de Zamora Federico Villena rechazó este domingo el habeas corpus presentado en favor los tripulantes que llegaron al país en un Boeing 747 de matrícula venezolana, perteneciente a la compañía EMTRASUR.
Se trata de una habeas corpus impulsado por el abogado Rafael Resnick Brenner, quien afirmó que a la tripulación se les retuvo ilegítimamente los pasaportes, "imponiéndoseles la condición de que sólo podrán abandonar el país mediante vuelo de línea". El letrado también solicitó la restitución de la aeronave, así como el aprovisionamiento de combustible.
Todo comenzó el lunes último, cuando el avión aterrizó en el aeropuerto de Córdoba por la neblina que había en Buenos Aires, pero luego llegó a Ezeiza, donde lo esperaban con información de inteligencia que habían aportado varias agencias internacionales. El vuelo contaba con 19 tripulantes, de los cuales algunos de ellos eran de nacionalidad venezolana y otros iraníes, estos últimos con supuestos vínculos con la Fuerzas Quds, una división de los Cuerpos de la Guardia Revolucionaria Islámica especializada en operaciones de inteligencia militar.
Allí, intervino la PSA, la Aduana, Migraciones y la PFA en un operativo conjunto. “Transportaba autopartes para una empresa automotriz, se revisó la carga varias veces, pero no se encontró nada extraño y fue liberada”, dijo una alta fuente de la PSA.
Posteriormente, Migraciones dispuso retener la documentación de los miembros de la tripulación y otorgar una autorización provisoria de permanencia. "Cabe concluir que la Dirección Nacional de Migraciones actuó en el marco de sus facultades, al encuadrar la situación de la tripulación en las previsiones del artículo 35 de la ley 25.871 fundada en la noticia brindada por la autoridad policial aeroportuaria", sostuvo el magistrado.
Además, el juez declaró abstracto el hábeas corpus interpuesto en nombre de los 14 venezolanos, ya que se les restituyó al totalidad de la documentación.