La Cámara Federal rechazó otra recusación contra la jueza Capuchetti
La querella la acusaba de cobrar un sueldo del Instituto de Seguridad Pública porteño y aseguraba que tenía un "interés particular" en la causa por el intento de homicidio contra Cristina Fernández de Kirchner. Por otra parte, el juez Leopoldo Bruglia "retó" al abogado de la vice por sus dichos contra la jueza.
El juez Leopoldo Bruglia rechazó este lunes la recusación de la jueza María Eugenia Capuchetti planteada por Cristina Fernández de Kirchner en el marco del expediente donde se investiga el intento de asesinato en su contra. El integrante de la Cámara Federal criticó también al abogado de la vicepresidenta, José Manuel Ubeira, al considerar que se excedió en sus dichos contra la magistrada y ordenó que se remita la resolución al Colegio Público de Abogados.
Hace una semana, los dos abogados de la vicepresidenta, Ubeira y Marcos Aldazábal, se presentaron ante la Cámara y resaltaron que Capuchetti, en su rol de docente e investigadora del Instituto Superior de la Seguridad Pública (ISSP) de la Ciudad, pierde la imparcialidad necesaria para abordar un expediente. Aseguraron también que el estar cobrando un sueldo por parte de ese organismo “demuestra un interés en el proceso”, ya que se trata de un instituto que “debería ser investigado en estas actuaciones”. Sostuvieron que la jueza no pidió el permiso correspondiente para llevar adelante esas tareas.
“No se observa de manera concreta y, tampoco la parte ha logrado demostrar, que la actividad académica enunciada pueda determinar un interés en el resultado de este proceso por parte de la Dra. Capuchetti y/o provocar un temor de parcialidad que amerite su apartamiento. El ejercicio de la docencia o la participación en trabajos de investigación como los descriptos -en principio- no se encuentran vedados para los magistrados y, en caso de verificarse alguna falencia administrativa y/o irregularidades en el contexto de posibles incompatibilidades genéricas, su tratamiento resulta extraño al instituto invocado y debería ser canalizado por demás vías administrativas específicas”, remarcó el juez Bruglia en su resolución.
“Resulta importante destacar que las particularidades (fines y objetivos) que le asigna la querella al instituto en el cual la magistrada desarrollaría las actividades académicas, como así también los actores que menciona en carácter de integrantes o referentes del mismo, no conforman parte de imputación alguna en estas actuaciones ni de las líneas investigativas en trámite. Ello también torna manifiestamente improcedente la pretensión objeto de esta incidencia, en tanto no se comprende cómo puede existir algún interés en el resultado del proceso que involucre organismos o sujetos ajenos a este”, indicó luego el camarista, que mantiene un enfrentamiento con el oficialismo debido a que es uno de los jueces que fueron “trasladados” y cuyos lugares deben ser ocupados mediante un concurso en el Consejo de la Magistratura.
Aclaró el juez entonces que el “sólo desempeño académico” como lo describe la querella no basta para llevar adelante una recusación. “Se requeriría al menos de la constatación de otros elementos objetivos, entre los cuales mínimamente permitan avizorar una coyuntura de una significativa y directa dependencia funcional, jerárquica y económica con los sujetos que potencialmente puedan resultar formalmente investigados, imprimiendo recién así un cuadro de situación que amerite adentrarse en un análisis respecto a la posible presencia o no de un ‘interés’ en el sentido que persigue la norma. La causal invocada exige que el ‘interés en el proceso’ se confirme como particular, concreto, inmediato y actual, características estas que, por los motivos referenciados, no se hallan verificadas en el presente caso”, concretó.
Hacia lo último, decidió avanzar con un reto al abogado Ubeira por sus consideraciones contra la jueza Capuchetti. “Se debe instar una nueva advertencia al letrado José Manuel Ubeira, abogado de la parte querellante, ésta vez por la abusiva utilización de términos objetivamente ofensivos y agraviantes hacia un magistrado que, al resultar opiniones carentes de efecto jurídico alguno, revelan un innecesario exceso en el rol de su ministerio. Corresponde, a todo evento, poner en conocimiento de los hechos al Colegio Público de Abogados, al igual que a la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Nación. A tal fin ordenaré los oficios respectivos con copia de las piezas pertinentes”, explicitó el juez.