El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos dispuso la inmediata liberación de Sergio Urribarri, exgobernador de la provincia, y de su cuñado, Juan Pablo Aguilera. Ambos estaban detenidos desde el 19 de noviembre en la Unidad Penal 1 de Paraná, tras la orden emitida por la Cámara de Casación Penal, que consideró que existía riesgo de fuga antes de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolviera la apelación de una condena a ocho años de prisión contra Urribarri por delitos de corrupción.

El fallo del STJ, adoptado por mayoría de dos votos contra uno, revocó por "arbitraria" la resolución de Casación y determinó que no había pruebas suficientes para justificar la prisión preventiva. Además, ratificó las medidas restrictivas impuestas previamente por el Tribunal de Juicio, que incluyen restricciones de movimiento para ambos imputados.

El caso fue tratado en plena feria judicial, luego de que el presidente del STJ, Leonardo Portela, habilitara su tratamiento. El tribunal estuvo compuesto por Portela y los vocales Germán Carlomagno y Miguel Ángel Giorgio, quienes emitieron opiniones divergentes.

Carlomagno, encargado del primer voto, argumentó que la prisión preventiva resultaba desproporcionada, como ya había señalado el Tribunal de Juicio. “Comparto los motivos expuestos por la mayoría del Tribunal de Juicio y Apelaciones en cuanto a la falta de proporcionalidad de la medida cautelar solicitada por la acusación”, afirmó. Según su análisis, la situación procesal de Urribarri y Aguilera incluso “mejoró” desde que se recurrió la condena, ya que la Corte Suprema aceptó revisar el caso.

Además, Carlomagno destacó que Urribarri había regresado al país desde el exterior después de ser condenado y se radicó en Concordia, donde reside su núcleo familiar. “El imputado fue habido sin dificultades al momento de su detención, lo que demuestra la inexistencia del riesgo de fuga invocado”, sostuvo. También consideró que el peligro de fuga señalado por la Fiscalía carecía de “anclaje concreto” y que las medidas coercitivas previamente dispuestas eran suficientes para garantizar el proceso.

Portela, quien habilitó la feria y adhirió al voto de Carlomagno, fue más tajante en su análisis. “Los argumentos brindados por la Fiscalía y aceptados por Casación no superan el umbral de la mera hipótesis, por lo que no conforman fundamentos sólidos desde el punto de vista jurídico”, expresó en su dictamen. También respondió a las críticas que recibió por habilitar la feria judicial para tratar este caso: “Se ha dicho que este tratamiento de urgencia es anómalo y privilegia a los imputados, pero el Código Procesal Penal establece que todas las medidas cautelares deben tratarse con celeridad”, concluyó, citando la normativa vigente.

En disidencia, el vocal Giorgio votó a favor de mantener la prisión preventiva, adhiriendo al razonamiento de la Cámara de Casación, que había considerado fundado el peligro de fuga.

La resolución final, con dos votos a favor y uno en contra, ordenó revocar la medida cautelar y dispuso la liberación de Urribarri y Aguilera, quienes seguirán sometidos a restricciones hasta que se resuelva definitivamente el caso.

La situación judicial de Sergio Urribarri comenzó a agravarse en abril de 2022, cuando fue condenado a ocho años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública. Según la sentencia, el exgobernador había desviado fondos del Estado para financiar campañas publicitarias personales y beneficiar a empresas vinculadas a su entorno familiar.

Aunque la condena no está firme, la Cámara de Casación Penal ordenó su detención preventiva en noviembre de 2024, al interpretar que podría eludir la acción de la Justicia antes de que la Corte Suprema resuelva la apelación presentada por sus abogados defensores.

Con esta nueva decisión del STJ, Urribarri y Aguilera recuperaron la libertad, pero el proceso sigue abierto y deberá ser definido por la máxima instancia judicial del país.