Dos décadas después, Casación confirmó las condenas a Mathov y a Santos por la represión de diciembre de 2001
La Cámara Federal confirmó las penas contra el ex secretario de Seguridad de la Alianza y el ex jefe de la Policía Federal, por su responsabilidad en la violencia institucional ocurrida durante las jornadas que antecedieron el fin del gobierno de Fernando De la Rúa.
Tras un proceso que llevó varias idas y vueltas, la Cámara de Casación confirmó hoy las penas al ex secretario de Seguridad, Enrique Mathov y al ex jefe de la Policía Federal, Rubén Santos por su responsabilidad en la represión del 19 y 20 de diciembre de 2001.
En mayo de este año, el Tribunal Oral Federal 6 había modificado y reducido las penas que les dieron en el juicio que se hizo entre 2014 y 2016. Esto sucedió porque, tras las quejas de las defensas, Casación había dicho en 2020 que debían revisarse los montos de las penas aunque confirmaron la responsabilidad de los involucrados.
Por este motivo, el Tribunal le fijó a Mathov cuatro años y tres meses de prisión e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el término de ocho años y seis meses. En el juicio, le habían dado una condena de cuatro años y nueve meses de prisión.
Por su parte, a Santos le fijaron en mayo una pena de tres años y seis meses de prisión, lo que significó una reducción en seis meses con respecto a lo que le habían dado en el debate oral. Estas modificaciones, que se dieron en un proceso denominado como reenvío, fueron nuevamente cuestionadas por las defensas. Además de Mathov y Santos, quienes recibieron nuevos montos de pena fueron el ex director de Operaciones de la PFA, Norberto Gaudiero; el ex subcomisario Carlos José López; y el ex agente Víctor Manuel Belloni, con condenas entre dos años y nueve meses y cinco años y nueve meses.
Tanto a Mathov como a Santos se los consideró responsables por tres homicidios y las lesiones que sufrieron 25 víctimas. Para los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña consideraron que se habían fundamentado correctamente los nuevos montos de las penas. “Los fundamentos brindados por el tribunal a quo en cada caso en particular, que las penas de prisión, más accesorias legales e inhabilitaciones impuestas a los encausados Mathov, Santos, Gaudiero, López y Belloni, se encuentran fundadas, no resultan irrazonables ni desproporcionadas y su medida es consecuencia de la valoración integral y armónica de elementos”, remarcaron.
Si bien es complejo, las defensas aún tienen la posibilidad de discutir estas penas en la Corte Suprema de Justicia, que no suele meterse a opinar en este tipo de cuestiones. Una vez que quede firme, el Tribunal Oral Federal podrá dictar las detenciones.