Frenan una "avivada" de Edenor y Edesur contra los usuarios
Suspenden el cobro de “recupero de energía” que exigían las empresas a los consumidores por medidores que habían dejado de funcionar.
A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno suspendió el cobro del “recupero de energía”, mecanismo por el cual Edenor y Edesur reclamaban a los usuarios el pago de sumas retroactivas de hasta un año de consumo por medidores obsoletos o defectos en los equipos de medición.
La maniobra de las empresas de energía eléctrica comenzó a utilizarse ante la imposibilidad de leer los medidores y por supuestos desperfectos en los dispositivos. Según las empresas, eran equipos que habían “dejado de funcionar”.
Aunque estuvieran obligadas a enviar a sus empleados a realizar las lecturas de los consumos de forma bimestral -con lo que se hubieran detectado las averías- las distribuidoras reclamaban a los usuarios abonar en un pago el acumulado de un año de consumo.
En octubre del año pasado el accionar de las empresas llevó al ENRE a sanciones de $8000 por cada usuario damnificado.
El Ente Regulador oficializó ahora la orden para que las distribuidoras no suspendan los servicios por falta de pago de consumos no registrados (CNR), independientemente de que se hubiera generado o no el reclamo por parte de la persona usuaria.
La medida se adoptó tras un "incremento notable de los reclamos en la facturación de Edesur y Edenor, que en su gran mayoría se originan en la aplicación de consumos no registrados".
La resolución suspende la aplicación de los cargos hasta tanto "se audite la información requerida a las distribuidoras acerca del modo en que se llevan a cabo los procedimientos para la aplicación de CNR".
Estos procedimientos "deben respetar el derecho de defensa de las personas usuarias y brindarles información adecuada y veraz acerca de los montos que se pretenden cobrar y su procedencia", aclaró el ENRE.
Si bien en determinadas circunstancias las distribuidoras están habilitadas a emitir facturas complementarias por recupero de CNR, el Reglamento de Suministro "establece requisitos puntuales para permitir la inclusión de cargos en concepto de recupero de energía, los cuales, según se pudo evaluar, no son respetados".