La Cámara Federal de Mar del Plata revocó este jueves el procesamiento que el juez Martín Bava dictó contra el periodista Daniel Santoro y declaró su falta de mérito por tentativa de extorsión contra el empresario Mario Cifuentes en el marco de la causa D'Alessio.

En la causa, la defensa del periodista de Clarín apeló la decisión que amplió el procesamiento al "encontrarlo prima facie penalmente responsable del delito de extorsión en grado de tentativa en perjuicio de Mario Víctor Cifuentes, en carácter de partícipe necesario, el que concurre de manera real con el delito de asociación ilícita por el que ya fuera procesado”.

No obstante, los camaristas Eduardo Pablo Jiménez y Alejandro Osvaldo Tazza revocaron esta decisión y declararon la falta de mérito. En su voto, el juez Tazza señaló que “no existen elementos suficientes que acrediten mínimamente ninguno de los dos aspectos relevantes (objetivo y subjetivo) de la forma y modo de la participación primaria atribuida al imputado Daniel Santoro que exige el derecho penal para aseverar con el grado de convicción necesaria en esta etapa aquél nivel de complicidad”.

“Por tanto, y a tenor de lo expuesto, debo manifestar que con los elementos hasta aquí reunidos, la actividad imputado Santoro solo podría ser encuadrada dentro de un neutral ejercicio de su actividad profesional, la que –con aciertos o equívocos no permite por sí sola –ni aún en el contexto circunstancial referido considerarla como una efectiva y material contribución delictiva a un plan criminal orquestado en principio por Marcelo D’Alessio para extorsionar al empresario Mario Cifuentes”, añadió.

Y concluyó: "Ahora bien, siendo cierto en que en un primer momento la sospecha inicial y la hipótesis de investigación pudo haber tenido un correlato de presunción delictiva por la eventual participación de Santoro en el delito de tentativa de extorsión a Cifuentes, debo advertir que en atención al tiempo transcurrido y al avance de la investigación sin que hasta el momento pueda deducirse una actividad del nombrado Santoro que, fuera de su ejercicio profesional pudiera ser constitutiva de un aporte sustancial a la comisión delictiva investigada".

Por último, la Cámara instó al juez a realizar con "premura" todas las "medidas probatorias que hubieran quedado pendientes, para luego de su producción, dictar sin mayor dilación, el pronunciamiento que corresponda emitir", para "hacer cesar el estado de incertidumbre que el hecho de estar sometido a proceso pudiera generar en las personas involucradas en la presente investigación, resguardando así su derecho a una tutela jurisdiccional efectiva"