Lotocki, entre el embargo impulsado por AFIP y la prohibición de salida del país
El “médico de las famosas”, condenado a cuatro años de prisión, pidió irse a Brasil pero su petición fue denegada. Además, un juez le fijó un embargo por una deuda con el fisco.
Aníbal Lotocki no atraviesa la mejor de las situaciones: a la condena a cuatro años que se le fijó en febrero de este año, se le sumó a su situación judicial un embargo dictado en el fuero de ejecuciones fiscales y el rechazo a un pedido para irse a Brasil.
En febrero de este año, el juez Carlos Rengel Mirat lo condenó al considerarlo responsable de las lesiones graves que sufrieron cuatro pacientes suyas luego de haberles realizado distintos procedimientos quirúrgicos. Las víctimas de Lotocki (y querellantes en la causa) fueron Gabriela Trenchi, Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis y Pamela Sosa. Además de la condena, se le fijó una inhabilitación de cinco años para ejercer la medicina.
A esa condena (que debe ser revisada por Casación) se le suma un expediente donde el médico aún sigue investigado: la muerte de Cristián Zárate, un empresario de la construcción de 50 años. Allí, está procesado por entorpecer la investigación donde se pretende determinar qué sucedió durante la operación que Lotocki llevó adelante. En esa causa, se probó que el médico alteró de múltiples formas la historia clínica y le realizó un procedimiento quirúrgico en un lugar donde existían todas las irregularidades posibles.
El procesamiento, confirmado por la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, es por el delito de alteración de prueba, previsto en el artículo 255 del Código Penal y que tiene una pena que va de un mes a cuatro años de prisión para toda persona que robe, altere, oculte, destruya o inutilice objetos destinados a ser prueba ante una autoridad.
Pero si la causa sigue abierta y en etapa de investigación es porque aún no se realizó (por cuestiones ajenas a quienes llevan adelante el proceso) una Junta Médica para evaluar qué sucedió con Zárate y si Lotocki puede ser también responsabilizado de forma directa por su muerte.
En ese marco, el médico había pedido una autorización para salir del país con la intención de reencontrarse en Brasil con su hijo de 12 años. Según dijo, su intención era retornar el 10 de junio. No obstante, el juez Luis Schelgel coincidió con lo planteado por la fiscalía y recordó que no se presentaron ni copias de pasajes ni reservas como para dar fe del viaje.
Además, se tuvo en cuenta la condena fijada por el Tribunal en la otra causa y los cinco años de inhabilitación para ejercer, lo que convertiría en probable que “que elija no regresar al país, eludiendo así la acción judicial”.
El magistrado planteó también “la enorme dificultad que conllevaría la extradición del imputado desde el país de destino (en el que nació su hijo) para el caso que decida permanecer en él”. En esa línea, resaltó que Lotocki “carece de cualquier arraigo económico en la República Argentina”.
Sobre este punto, reveló que tuvo que decretar la inhibición general de sus bienes porque el imputado no había aportado ningún bien propio que superara los 111.500 pesos, a pesar de que los testimonios obtenidos “reflejan el cobro en dólares y efectivo, por lo menos de la intervención que le realizara a la víctima”.
Para el juez, todo lo llevó a pensar que era altamente probable que “el imputado pueda aprovechar este viaje (con permiso) a Brasil para viajar a cualquier lugar del mundo”. “Como he sostenido en su momento, Lotocki no ha querido, o no ha podido, pagar poco más de ciento once mil pesos, no habiendo demostrado solvencia propia por cinco millones de pesos y, a lo largo de pesquisa, tampoco ha evidenciado solvencia propia en el país”, explicó.
Cabe aclarar que durante el juicio donde se lo condenó, Lotocki dijo que percibía una suma mensual de alrededor de 600 mil pesos. Sumado a todo esto, a finales de marzo de este año la AFIP presentó en el fuero de Ejecuciones Fiscales un pedido de ejecución por más de 400 mil pesos por deudas impositivas.
Tras analizar la documentación, el juez Carlos Alejandro Faggi determinó en abril pasado que se decrete el embargo general de fondos y valores “por el monto ejecutado con más el 15% que se estiman para responder a intereses y costas”. Con ese objetivo, le libró oficio al Banco Central y dejó abierta la puerta para que, en caso de insuficiencia de fondos, se proceda a la inhibición general de bienes.