Lo que dejó el alegato de la defensa: pedido de absolución y la palabra de los imputados
El abogado Hugo Tomei presentó este jueves su alegato tras los pedidos de prisión perpetua que realizaron fiscalía y querella para los ocho acusados. "Espero que la sentencia sea justa", dijo. El veredicto se conocerá el próximo 6 de febrero.
Con el propósito de desarticular la calificación de homicidio agravado por alevosía, el abogado Hugo Tomei expuso su alegato defensista hoy en el juicio por el asesinato de Fernando Báez Sosa.
Para las partes acusadoras, Máximo Thomsen (23), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23), Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23), y Luciano (21), Ciro (22) y Lucas Pertossi (23) son igualmente responsables por el crimen. "Homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas" fue la calificación que escogieron y que tiene una pena de prisión perpetua.
"Considero que es otra forma de presionar al Poder Judicial y obtener una sentencia que tiene que ver con la opinión pública", aseguró Tomei ante los jueces y agregó: “Cualquier sentencia que sea contraria a la prisión perpetua, la comunidad en general va a pensar en actos del tribunal que no son propios y eso es falso”.
El trabajo de la defensa consistió en licuar la acusación y atacar la idea de que existió un crimen cometido con alevosía. Esa agravante es una de las doce figuras dentro del homicidio que tienen una pena única de prisión perpetua.
Como repasaron fiscalía y querella, la alevosía es un modo de cometer el homicidio por el cual la persona oculta sus intenciones o la forma en la que va a cometer el delito con el objetivo de colocar a la víctima en un estado de indefensión. Es decir, se aprovecha de que la persona no puede defenderse y de esa forma comete el delito. En ese sentido, la fiscalía sostuvo que los ocho acusados atacaron “por sorpresa, a traición" con el objetivo de que Fernando no tuviera “ninguna posibilidad de defenderse”.
La defensa intentó sembrar la duda y sostuvo que "nunca hubo plan ni dolo para matar". En esa línea, Tomei insistió con la hipótesis del alcohol y pelea, para así defender la figura de “homicidio en riña”, que tiene una pena de prisión muchísimo menor a la del homicidio agravado. Subsidiariamente, planteó el homicidio simple con dolo eventual o el homicidio preterintencional.
“Cuando en riña o agresión en que tomaren parte más de dos personas, resultare muerte o lesiones de las determinadas en los artículos 90 y 91, sin que constare quienes las causaron, se tendrá por autores a todos los que ejercieron violencia sobre la persona del ofendido y se aplicará reclusión o prisión de dos a seis años en caso de muerte y de uno (1) a cuatro (4) en caso de lesión”, señala el Código Penal en su artículo 95.
Esta calificación se sostendría debido a que la defensa plantearía que no existieron elementos dentro del juicio que permitan probar un plan llevado adelante para matar a Fernando, sino que se trató de una pelea que comenzó dentro del boliche.
“Quiero empezar diciendo que lamento mucho todo lo que pasó, fue una tragedia terrible, falleció un chico de mi misma edad. No hubo ningún plan. No hubo planificación. No hubo ningún rol", dijo Blas Cinalli cuando decidió declarar.
Dentro de los tribunales de Dolores, también señalaban que no podía descartarse la intención de que se aplique la figura de “homicidio preterintencional”. Esa figura está en el artículo 27 inciso B del Código Penal y se aplica a quién “con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud, produjere la muerte de alguna persona, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte”. La pena es aún más baja que el homicidio agresión: la escala va de uno a tres años.
Por lo pronto, Tomei usó como argumento la postura que los peritos de la defensa ya deslizaron durante el juicio: cuestionar la autopsia. En su declaración, los médicos Juan José Fenoglio y Jorge Rodolfo Velich afirmaron que no era concluyente el informe al respecto de la causa de la muerte de la víctima y aseguraron que no precisa si ciertas lesiones fueron producto de los golpes o “de las maniobras de reanimación que le practicaron”.
“Fernando Báez Sosa inicia su cuadro hacia la muerte por golpes en el cráneo, de determinadas intensidades, que no quedaron claros en la autopsia. La autopsia es fundamental e irrepetible. Es una prueba pericial irrepetible por más que -en un supuesto- quisiéramos hacer una autopsia una semana después, no es la misma autopsia. Los peritos nos manifestamos por nuestros escritos. El escrito de la autopsia causa vergüenza ajena”, dijo en la audiencia el perito Fenoglio. Cuando la querella salió a cruzarlo y le preguntó concretamente por qué murió Fernando, el médico respondió: "No lo sabemos, porque la autopsia no lo explica".
Tras los alegatos, llegaron las palabras finales donde hablaron todos los imputados y pidieron perdón a la familia de Fernando Báez Sosa. Los ocho coincidieron en su breve testimonio que no tuvieron intención de matar.
Tras la exposición de la defensa, la jueza María Claudia Castro y los magistrados Christian Rabaia y Emiliano Lázzari comunicaron que la sentencia será leída el próximo 6 de febrero a las 13 horas.