La jueza Arroyo Salgado ordenó el allanamiento a los despachos de Edgardo Kueider en el Senado
La magistrada dispuso la medida para recabar posibles pruebas en la causa por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero. El exlegislador se encuentra detenido en Paraguay y este viernes se rechazó su pedido para recuperar la banca en la Cámara alta.
La jueza federal Sandra Arroyo Salgado dispuso el allanamiento a los despachos del exsenador Edgardo Kueider, en el marco de la causa por enriquecimiento ilícito. El entrerriano tiene oficinas en el Palacio Legislativo y en el anexo del Senado, en el edificio Alfredo Palacios.
Cabe destacar que Edgardo Kueider perdió sus fueros el jueves de la semana pasada tras ser expulsado de la Cámara alta por una amplia mayoría de votos, lo que habilitó el ingreso y registros de sus despachos. Ese día, la magistrada le solicitó a la presidenta del cuerpo, Victoria Villarruel, que extreme las medidas de seguridad para la preservación de las pruebas.
Esta tarde, Arroyo Salgado ordenó el operativo que comenzó a las 18, con la presencia de efectivos de Gendarmería de civil en vehículos no identificados, personal del Juzgado Federal de San Isidro y de la Fiscalía a cargo de Fernando Domínguez. Un asesor de Kueider se hizo presente en el edificio para habilitar el ingreso en su despacho. La noticia fue confirmada por fuentes parlamentarias directas del Senado a Data Clave.
La jueza solicitó llevarse información de las computadoras, dispositivos electrónicos, y posibles llaves de una caja fuerte o las llaves usadas en criptominería como la que tenía en su poder cuando fue detenido al intentar ingresar a Paraguay con USD 200.000 sin declarar.
Más temprano el juez en lo contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico, rechazó "in limine" el pedido del exsenador para que lo restituyeran en su cargo, tras su expulsión de la Cámara alta. El argumento de la defensa de Kueider para pedir que se declarara nula la sesión fue que la encabezó la vicepresidenta Victoria Villarruel, cuando Javier Milei ya estaba de viaje hacia Italia, por lo que se entiende que debía estar a cargo del Poder Ejecutivo.
En su resolución, el magistrado sostuvo que Villarruel “se limitó a lo expresamente previsto en el art. 57 de la Constitución Nacional”, que establece que “el Vicepresidente de la Nación será presidente del Senado; pero no tendrá voto” y el artículo 33 del Reglamento del Senado determina que “el presidente no discute ni opina sobre el asunto que se delibera. Sólo vota en caso de empate”.
Para Lavié Pico no quedan dudas que “su participación no ha tenido injerencia alguna en el resultado de la votación al que finalmente arribaron los Senadores Nacionales en uso de sus atribuciones privativas, en tanto se ha limitado estrictamente en el orden parlamentario a presidir la sesión en cuestión”.