Tras la audiencia donde Fabiola Yañez ratificó su denuncia, el fiscal Ramiro González decidió imputar al expresidente Alberto Fernández por los delitos de "lesiones leves y graves, ambas doblemente agravadas por violencia de género y por el vínculo; y amenazas coactivas".

De esta forma, la investigación queda formalmente iniciada y ya tanto querella como defensa puede solicitar diferentes tipos de pruebas. En ese sentido, la fiscalía (representada por el fiscal González con la colaboración de la Unidad Especializada en Violencia contra las Mujeres y la Dirección General de Acompañamiento, de Orientación y Protección a las Víctimas) requirió una serie de medidas para avanzar con el caso.

En el requerimiento de instrucción, el fiscal enumeró los hechos “penalmente relevantes” y consideró que las agresiones habrían comenzado en 2016. En base a ello, consideró que hubo tres episodios de violencia física.

En el escrito, la fiscalía mencionó la declaración que Yañez hizo el lunes y describió los hechos.Sufrió una relación atravesada por hostigamiento, acoso psicológico y agresiones físicas en un contexto de violencia de género e intrafamiliar, indicó y además marcó que se habría tratado de relación asimétrica y desigual de poder que se ha desarrollado a lo largo del tiempo, la cual se vio acrecentada exponencialmente por la elección de Fernández como Presidente de la Nación y el ejercicio del cargo”.

Entre las principales medidas, se destacan la citación como testigos de María Cantero, exsecretaria privada de Fernández; Federico Saavedra, el exjefe de la Unidad Médica Presidencial; Miriam Yañez Verdugo, la madre de Fabiola; Sofía Pacchi, amiga de Fabiola y una de las que estuvo el cumpleaños realizado en 2020 en Olivos. También fue citado Daniel Rodríguez, intendente de la quinta durante la presidencia de Fernández.

El Ministerio Público Fiscal pidió también filmaciones de las cámaras de seguridad de Olivos entre 2021 y 2023, tanto del chalet residencial y de la casa de huéspedes. Además, requirió informes de distintas cuestiones medicas vinculadas a la denunciante.

Las lesiones graves tienen una pena que va de un año a seis de prisión, según el artículo 90 del Código Penal. Al ser agravadas por el vínculo y por violencia de género, en caso de una eventual condena, la pena se acercaría más al máximo que al mínimo.

Las amenazas coactivas, previstas en el artículo 149 bis, tienen una pena de hasta cuatro años de prisión para quien “ hiciere uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad.”