Este viernes- el día que vencía el plazo para ser presentado- ingresó al Senado de la Nación el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 que implica una profunda desregulación de la economía, propone un “plan de estabilización de shock”, deroga múltiples leyes y normativas y apunta a avanzar en la privatización de empresas públicas.

El instrumento anunciado por el presidente Javier Milei el 20 de diciembre a través de la cadena oficial de radio y televisión deberá ser analizado por la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo.

Esa comisión está integrada por 16 legisladores (ocho diputados y ocho senadores) dispuestos de acuerdo a la “proporcionalidad” de cada espacio político. Los designados de la Cámara Alta son Juan Carlos Pagotto (LLA), Víctor Zimmermann (UCR), Luis Juez (PRO), Juan Carlos Romero (Cambio Federal), Carlos Espinola (UF) y los senadores de UxP, Mariano Recalde, María Teresa González y Anabel Fernández Sagasti.

En tanto, la discusión en Diputados por esta Comisión viene “a fuego lento” y con demoras por la asignación de las bancas. El bloque de Unión por la Patria denuncia que Martín Menem quiere darle tres bancas y no cuatro, que son las que reclama el bloque opositor.

Además, un grupo de diputados nacionales de la Unión Cívica Radical le enviaron una carta al presidente de la Cámara de Diputados que se conforme la Comisión Bicameral “en forma urgente y sin más demoras”. Advierten que solo tienen tiempo hasta el 19 de enero para tratar el Decreto de Milei.

Los legisladores deberán analizar el contenido y si existe Necesidad y Urgencia en la publicación de la normativa. Luego, de que esta comisión analice el decreto y emita dictamen, para su aprobación alcanza con los votos positivos de una sola de los recintos y para su rechazo debe pasar por ambos cuerpos legislativos.

Si la Bicameral no se reuniera en un plazo de diez días hábiles, el pleno de cada Cámara está habilitado a debatirlo.

El otro camino para que el DNU quede vigente es que nunca llegue a tratarse en el Congreso. Siempre que no se logre el rechazo en las dos Cámaras, el decreto se considera aprobado en sus respectivas cámaras.