Continúa la prohibición de eventos sociales en las ciudades con Distanciamiento Social
Se prorroga el discutido artículo hasta el 30 de agosto. Es para los distritos que ya superaron el Aislamiento Social. El incumplimiento es sancionado por el Código Penal.
Se prorrogó por dos semanas el decreto del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) y del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DSPO), según corresponda a cada ciudad del país. La novedad del anuncio que ya se publicó en el Boletín Oficial, es que se extenderá la prohibición de eventos sociales o familiares cuyo incumplimiento está sujeto a dos delitos del Código Penal, decisión que generó críticas hace dos domingos.
En aislamiento seguirán 35 municipios de la provincia de Buenos Aires (concentrados en el conurbano), más la ciudad de Buenos Aires, además de algunos distritos de las siguientes provincias: Jujuy, Santa Cruz, La Rioja, Salta, Tierra del Fuego y Santiago del Estero.
El resto del país continuará en distanciamiento, pero para aquellos distritos continuará la prohibición de eventos sociales. En caso de que se “violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia", se sancionará con seis meses hasta dos años de prisión; y para “el que resistiera o desobedezca a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal", se aplicarán de quince días hasta un año de prisión”, según los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación.