Causa Beara: condenaron a tres años de prisión en suspenso a los dueños del local
Los funcionarios del gobierno porteño involucrados fueron absueltos y, por el carácter condicional de la pena, los tres condenados no irán a prisión. Los fundamentos del fallo se conocerán el próximo 3 de agosto.
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 7 condenó este miércoles a tres años de prisión en suspenso a los tres dueños del local Beara por el derrumbe del entrepiso en 2010, mientras que todos los funcionarios del Gobierno porteño involucrados en el juicio fueron absueltos.
Los jueces Gabriel Vega, Gustavo Alterini y Alejandro Noceti Achaval encontraron culpables a los acusados Juan Yun, Agustín Dobrila e Iván Fliess del delito de “homicidio culposo agravado” de Ariana Lizarraga (21) y Leticia Provedo (20), y de “lesiones culposas graves y leves" a más de cincuenta personas afectadas por el derrumbe ocurrido en la madrugada del 10 de septiembre de ese año.
Asimismo, se condenó a el maestro mayor de obras Gustavo Amaru, quien dio el aval para la habilitación del local.
El tribunal tuvo en cuenta las numerosas pruebas presentadas en el juicio sobre la endeblez constructiva del entrepiso, a pesar de la intervención de varios arquitectos y técnicos.
"Todos sabían que Beara estaba siendo utilizado para otras cosas, todos sabían que había un entrepiso con endeblez constructiva, todos sabían que había setecientas personas que era mucho más de lo permitido, entonces todos se tendrían que haber representado el resultado de muerte", argumentó el fiscal Oscar Ciruzzi en su alegato, en base a los testimonios de empleados y clientes del boliche.
En su alegato, el fiscal Oscar Ciruzzi solicitó cuatro años y seis meses de prisión para Yun, Dobrila e Iván Andrés Fliess. Los consideró responsables de los delitos de “homicidio culposo agravado por el número de víctimas en concurso ideal con lesiones culposas y leves y cohecho activo con respecto a funcionarios policiales''. Además, pidió para ellos la imposición de una pena de inhabilitación de nueve años para ejercer el comercio.
Por el carácter condicional de la pena, los tres condenados no purgarán prisión efectiva, en tanto y en cuanto cumplan con las condiciones que impone el tribunal.
Finalmente, los fundamentos del fallo se conocerán el próximo 3 de agosto.