El gobierno de Javier Milei dio un paso más en la redefinición del marco normativo de la Ley de Acceso a la Información Pública con la publicación del Decreto 780/2024, que introduce nuevas restricciones en el acceso a datos considerados de carácter privado. La medida, anunciada este lunes a través del Boletín Oficial, ha suscitado controversia en torno a la transparencia y el acceso a información en una gestión que se ha caracterizado por un fuerte control sobre la comunicación gubernamental.

El decreto, que reglamenta el artículo 1° de la Ley N° 27.275, redefine el concepto de "información pública", excluyendo explícitamente cualquier dato de naturaleza privada generado, obtenido o custodiado por personas humanas o jurídicas privadas que no esté vinculado a un interés público comprometido. Esta modificación incluye también la restricción del acceso a documentos que formen parte de deliberaciones preparatorias o que sean considerados "papeles de trabajo", excluyéndolos del carácter público.

Uno de los cambios más relevantes radica en la reglamentación del acceso a la información relacionada con la vida privada de los funcionarios públicos. A partir de ahora, el acceso a dicha información solo será posible si el titular de los datos ha prestado su consentimiento explícito o si la información está directamente relacionada con las competencias de los funcionarios en cuestión.

Este cambio en la normativa surge en medio de una polémica que involucró al propio presidente y la construcción de caniles para sus perros en la Quinta de Olivos. Tras una serie de pedidos de acceso a la información relacionados con las mascotas del presidente, la Procuración del Tesoro, a cargo de Rodolfo Barra, determinó que no se utilizaron fondos públicos para estas construcciones. Sin embargo, Barra también exhortó a respetar los límites del acceso a la información sobre la vida privada del mandatario, lo que parece haber sentado las bases para las modificaciones actuales en la ley.

La controversia se intensificó con la aparición de lo que algunos medios han bautizado irónicamente como la “Doctrina Conan”, en alusión a uno de los perros de Milei. Esta doctrina subraya la necesidad de proteger la privacidad de ciertos aspectos de la vida personal de los funcionarios, incluso cuando dichos aspectos puedan tener implicaciones sobre el uso de recursos públicos.

El decreto también introduce nuevas disposiciones para la gestión de solicitudes de acceso a la información. Se establece que la plataforma destinada a la gestión del acceso a la información pública deberá contener un registro detallado de los solicitantes y las respuestas brindadas, con el objetivo de agilizar y evitar la repetición innecesaria de solicitudes similares.

Además, la Agencia de Acceso a la Información Pública deberá tener en cuenta las solicitudes reiterativas que generen un uso innecesario de recursos administrativos, considerando estas como un posible abuso del derecho de acceso a la información pública. Esta medida podría generar debates sobre el balance entre el derecho ciudadano a la información y la protección de los recursos estatales.

El debate sobre la privacidad en la función pública, especialmente en lo que respecta a la vida del presidente, continúa siendo un tema de discusión en la esfera pública y judicial. Mientras que desde el Gobierno se argumenta la necesidad de proteger ciertos aspectos privados, los críticos señalan que estas medidas podrían limitar la transparencia y dificultar el control ciudadano sobre la gestión pública.

La implementación del Decreto 780/2024 marca un punto de inflexión en la legislación sobre el acceso a la información pública en Argentina. Mientras algunos defienden la protección de la privacidad de los funcionarios, otros advierten sobre los posibles riesgos para la transparencia en la gestión gubernamental.