Reforma tributaria 2024: la oportunidad para no hacer siempre lo mismo
La búsqueda del equilibrio en las cuentas públicas es fundamental para el gobierno de Milei, quien sustenta su estrategia en dos pilares: la reducción del gasto y la optimización de la recaudación.
El proyecto de ley de las medidas fiscales que debate el Congreso reconoce la pesada carga impositiva que afrontamos, catalogando nuestro sistema tributario como uno de los más onerosos del mundo, lo que naturalmente ha expulsado tanto a individuos como a empresas del ámbito formal. Esta situación ha desencadenado un círculo vicioso, obligando al Estado a aumentar aún más los impuestos, lo que a su vez ha inhibido el progreso económico. El proyecto contempla una moratoria para regularizar deudas, así como un blanqueo de activos exento de costos para montos de hasta cien mil dólares.
Aunque se reconoce la necesidad de aliviar la presión fiscal, la reintroducción del impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia (4ta. categoría) afectaría a cerca de un millón de personas. Los nuevos umbrales de ingresos no imponibles y ajustables anualmente por inflación, se establecerían en $1.800.000 para solteros y $2.300.000 para casados con dos hijos, con alícuotas que oscilarían entre el 5% y el 35%. Cabe destacar que ya con un salario bruto de $4.300.000 comenzaría a aplicarse la tasa del 35%. Bajo las nuevas disposiciones, los potenciales aumentos salariales nunca serían anulados por pasar a una alícuota superior, ya que en ese caso, esta se aplicaría sólo al diferencial que sobrepase la escala y no al total del ingreso. Esto evitaría injusticias y frustraciones pasadas.
En cuanto al impuesto a los Bienes Personales, la progresiva escalada de sus alícuotas desde el 0,25% hasta el actual 2,25% entre 2016-2023 se considera confiscatoria, resultando en una erosión gradual del capital. Se destaca la emigración de contribuyentes de alto patrimonio, quienes solían ser una fuente significativa de ingresos fiscales en este tributo, pero en los pasados años han optado por cambiar su residencia fiscal fuera de Argentina. Los contribuyentes cumplidores podrían beneficiarse con una reducción del 0,25% en sus tasas, y se ofrecería la opción de anticipar pagos hasta 2027 a una tasa preferencial del 0,45%, brindando estabilidad fiscal hasta 2038 para cualquier futuro impuesto sobre activos. Las alícuotas se reducirían gradualmente hasta unificarlas en un 0,25% entre 2028 y 2038, con un umbral actual de $100 millones para ser alcanzado por el impuesto y $350 millones para viviendas únicas.
El impuesto a la Transferencia de Inmuebles sería eliminado debido a su baja recaudación y deficiente control.
Se actualizaría el régimen del monotributo, permitiendo facturar anualmente hasta 68 millones de pesos, tanto para servicios como para venta de productos. Comparamos esta cifra con el régimen simplificado para pequeños contribuyentes en Uruguay: nuestros vecinos pueden tener ingresos de hasta unos 150.000 dólares (aproximadamente 150 millones de pesos) pagando un 12%. Es decir, en Uruguay una base mucho más amplia no entra en el complejo y oneroso régimen general.
Finalmente, es alentador que se haya incluido una iniciativa para transparentar la carga impositiva en los precios finales. Sería crucial que se sumen provincias y municipios a esta iniciativa, lo que contribuiría a fomentar una conciencia fiscal más acabada entre los ciudadanos y significaría un baño de realismo respecto a su esfuerzo personal como contribuyentes.
Cabe mencionar que este paquete de reformas no aborda la necesidad de revisar el régimen de coparticipación entre la Nación y las Provincias, que desincentiva la austeridad en los gastos provinciales. Tampoco incluye la posibilidad de reemplazar impuestos, por alternativas más adecuadas, como podría ser un impuesto a las ventas en lugar del IVA. Fundamentalmente no tiene por objetivo reducir la carga impositiva, una medida vital para estimular el crecimiento económico. Por el momento parece insuficiente; quedamos a la espera de bajas y mejoras en el esquema impositivo.