Tras la polémica por la yerba de un influencer, por qué Argentina es pionera en reglamentación en celiaquía
Esta semana se viralizó en redes el caso de la reconocida pareja de influencers Sam y Hernán, quienes tienen una marca de yerba mate en el país. El hombre cuestionó las indicaciones de la ley para incorporar el logo "sin gluten" en el paquete. A pesar de su queja, Argentina posee una legislación pionera en cuanto a la reglamentación de los alimentos aptos para celíacos.
El Ministerio de Salud define a la celiaquía como “una intolerancia permanente a las proteínas del trigo, avena, cebada y centeno, comúnmente llamadas gluten, que afecta a las personas con predisposición genética”.bEn ese sentido, señalan que la enfermedad puede aparecer en cualquier momento de la vida, desde que se incorpora gluten a la alimentación hasta la adultez avanzada.
En Argentina, se estima que 1 de cada 167 personas adultas son celíacas, mientras que en la niñez la prevalencia es aún mayor (1 de cada 79). Debido a esto, el único tratamiento es mantener una alimentación libre de gluten de por vida. Por ello, la disponibilidad de una variedad de alimentos libres de gluten (ALG) seguros resulta fundamental para mejorar la calidad de vida de la población celíaca.
Nuestro país es pionero en cuanto a la reglamentación de la celiaquía. La periodista y comunicadora especializada en alimentos libre de gluten, Mariana Melo, explica que, según la normativa actual, “los alimentos y bebidas 'Libres de Gluten' que se comercialicen en el país deben llevar, obligatoriamente impreso en sus envases o envoltorios, de modo claramente visible" el logo de “Sin Gluten”
El caso que disparó que se vuelva a hablar sobre los productos libre de gluten fue el de la reconocida pareja de influencers “Sam y Hernán”, una estadounidense y un argentino que viven en el país norteamericano y que hace poco lanzaron su propia marca de yerba en el país, llamada “Cósmico”. Esta semana, Hernán público un vídeo en el que cuestionó que no le dejan poner el sello de “Sin Gluten” en el paquete.
“No puedo poner ‘Libre de gluten’ en el paquete de Cósmico aunque pagamos 400 dólares al año para este papel que certifica que la yerba no contiene gluten”, señala el influencer. Sin embargo, el problema legal recae en otro lado, en el color del sello. "No me dejan en verde y crema el logo de ‘sin gluten’ como el resto del paquete. Si quiero ponerlo el loguito tiene que ser en el frente y el costado, y en color blanco y negro o rojo" explicó y concluyó: “Es una lástima arruinar el frente del paquete”. Es decir, su problema es meramente estético.
Tras esto, el vocero presidencial Manuel Adorni subió una foto donde se lo ve con uno de los paquetes de yerba, algo que fue celebrado por el influencer.
La importancia de los logos
Según cuenta Melo, la reglamentación en el país detalla los colores específicos y los milímetros que debe ocupar en todo paquete que cumpla los requisitos de no tener gluten.
“Los invito a imaginar esta situación: van al supermercado a hacer las compras y tienen que mirar que TODOS Y CADA UNO DE LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS QUE LLEVEN sean sin gluten. O sea, tienen que mirar etiqueta por etiqueta para ver si tiene o no el famoso logo en rojo o en negro”, reflexionó la comunicadora y agregó: "Imaginen ahora que ese logo pueda estar de cualquier otro color, "camuflado" en el diseño del packaging según su tonalidad. Entiendo que quedaría estéticamente precioso, posta. Pero creanme cuando les digo que haría que nuestra experiencia de compra sea mucho más engorrosa aún".
Un problema que afrontan las personas celíacas en la actualidad es el precio. La canasta con Gluten tiene un valor total de $9.120, mientras que la canasta apto celíaco tiene un valor de $24.650. Hay una diferencia de 170% entre las dos canastas, lo cual refleja el significativo costo que implica tener que consumir productos aptos para celíacos.
¿Cómo avanzó la reglamentación sobre celiaquía en Argentina?
En el 2009 el Congreso sancionó la Ley N° 26.588 y declaró de interés nacional la atención médica, investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca. En el año 2015 se sancionó la ley 27.196 que la modificó y el 26 de abril del año pasado se publicó el texto con su reglamentación.
La norma establece como autoridad de aplicación a el Instituto Nacional de Medicamentos (INAME); dependiente de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), quien dentro de sus facultades deberá reglamentar las características y la cantidad de gluten de trigo, avena y cebada o centeno que debe reunir un medicamento para ser clasificado como “libre de gluten” o “con contenido de gluten”
Desde diciembre del año pasado, la legislación cambió. Actualmente, los alimentos y bebidas son considerados “sin gluten” cuando se demuestren la eliminación efectiva del gluten y no contengan prolaminas y glutelinas derivadas del trigo, avena, cebada y centeno. A su vez, si se utilizan enzimas en los procedimientos para removerlo deberán estar incluidas en un listado aprobado por la CAA.
La normativa fijó un plazo de 3 años (hasta el 02/12/2026) para que las empresas adecúen sus rótulos con el nuevo logo “SIN GLUTEN”