Un fiscal avaló la impugnación de Gray y corre riesgo la llegada de Máximo Kirchner al PJ bonaerense
Ferrara dictaminó sobre el reclamo del intendente que pide la nulidad de las elecciones partidarias citadas para el 2 de mayo. El escrito no es vinculante y deberá resolverlo el juez electoral Alejo Ramos Padilla. Se cuestiona la "irrazonable y arbitraria" decisión de adelantar las fechas cuando actualmente hay una conducción al frente del partido.
“Estima este Ministerio Público Fiscal que corresponde hacer lugar al pedido del señor Fernando Gray, y declarar la nulidad de la convocatoria a elecciones anticipadas para el 2 de mayo de 2021″, dice el dictamen que el fiscal Guillermo Ferrara presentó al juez electoral Alejo Ramos Padilla, que debe definir sobre la denuncia que presentó el intendente de Esteban Echeverría sobre el acuerdo que se dio en el PJ bonaerense para ungir presidente del partido al jefe del frente de Todos en Diputados, Máximo Kirchner.
De esta forma, se complica el objetivo de La Cámpora de desembarcar en el partido, objetivo que había sido respaldado por casi toda la estructura del peronismo bonaerense, incluyendo a intendentes y sindicatos. Días atrás quedó impugnada la lista que presentó el empresario matarife Alberto Samid, y dejaba como única lista a la de Kirchner, que iba a ser proclamada como ganadora el próximo 2 de mayo.
Ramos Padilla había rechazado la medida cautelar exigida por Gray para suspender la convocatoria a las elecciones y había convocado a una audiencia de conciliación que reunió días atrás a los representantes legales del intendente junto a los apoderados del PJ bonaerense, Jorge Landau y Ulises Giménez.
Esa audiencia fracasó por falta de acuerdo entre ambas partes, pero el pedido del fiscal Ferrara le da un nuevo giro a esta novela. El fiscal analizó el planteo de Gray al sostener que la reunión del Consejo del PJ bonaerense que se realizó a fines de febrero -en la cual se convocó a las elecciones del 2 de mayo- “no ha sido convocada mediante medios fehacientes y formales, donde se pueda acreditar en debida forma el Consejero destinatario y la fecha de la notificación y que no puede verificarse la autenticidad del emisor y el contenido, al carecer de protocolos de autenticidad debidamente homologados”.
Además, Gray, que actualmente conduce el partido junto a Gustavo Menéndez (Merlo) cuestionaba la fecha de la elección: "Estando el partido legalmente constituido, ordenado con sus autoridades vigentes con mandato hasta diciembre del corriente año, intempestivamente, un sector partidario, propone la renuncia de mi persona y hace extensiva la misma al resto del consejo. Veo que ante la innecesaria acción por cuanto los mandatos están vigentes, esta elección debería realizarse a fin de año".
Esa reunión fue virtual y convocada, según denuncia Gray, vía WhatsApp. Respecto a la virtualidad, el fiscal atiende a la situación sanitaria que impacta en el funcionamiento de todos los partidos y dice que “el pedido de nulidad del acto partidario alegando la situación sanitaria resulta improcedente”. Tampoco rechaza la vía utilizada para comunicar la convocatoria, debido a que “WhatsApp resulta ser una herramienta utilizada en distintos ámbitos, entre ellos en el Judicial, como medio de notificación”.
Lo que si acepta el fiscal es la apelación sobre adelantamiento de los plazos electorales del partido: “Al adelantarse siete meses las elecciones, las autoridades con mandato vigente tendrían menos tiempo en el cargo y menos tiempo para que los afiliados valoren su trabajo”. En esa línea, Ferrara y aseveró que “el argumento que se adelantaron las elecciones porque no resulta lo más conveniente para los afiliados realizarlos a fin de año, resulta irrazonable y arbitrario al contraponerse al derecho que tienen las autoridades de la vigencia de su mandato y a ser evaluados -por los afiliados- por el periodo completo de su mandato”.
Es por este último, que el fiscal estimó correspondiente “hacer lugar al pedido del señor Fernando Gray, y declarar la nulidad de la convocatoria a elecciones anticipadas para el 2 de mayo de 2021”. De todas formas, lo expuesto por el fiscal no es vinculante. Es decir, Ramos Padilla puede -o no- considerar lo planteado por Ferrara.