Senadora presentó proyecto para “regular a los influencers”
Una senadora del Frente de Todos presentó un polémico proyecto de ley para regular la actividad de los personajes influyentes en redes sociales a raíz de la polémica por las supuestas estafas con negocios piramidales que publicitan algunos famosos.
La sanjuanina Cristina Lopez Valverde (Frente de Todos) presentó dos proyectos de ley para “regular la actividad de los influencers o influenciadores, como así también de los anunciantes, establecer obligaciones, derechos y régimen sancionatorio en caso de incumplimiento” en relación a los esquemas piramidales de comercialización. Según consta en las iniciativas, los fundamentos es basan en la experiencia de otros países en donde se avanzó con leyes similares como España y Colombia.
La primera de las propuesta consiste en el uso de un hashtag o etiqueta de #PublicidadPaga para “regular las nuevas y complejas formas de publicidad comercial propias de la era digital”. En este sentido, se asegura una normativa “dentro de los principios rectores de legalidad, libertad, veracidad y lealtad publicitaria que asegure el respeto por la persona del consumidor”.
La segunda de las iniciativas tiene el objeto de regular “el consumo responsable de especialidades medicinales, productos odontológicos, productos alimenticios, suplementos dietarios, dispositivos de tecnología médica que se encuentren sujetos a vigilancia sanitaria, por lo general, de la ANMAT”.
El proyecto fue presentado en forma coincidente con la polémica por la presunta estafa piramidal por parte de una empresa internacional de belleza promocionada por famosos argentinos con muchos seguidores en redes sociales. Sin embargo, López Valverde aseguró que “el tema ya venía siendo tratado en especial, y en particular, desde hace varios meses por su equipo de trabajo”.
Por último, según informan los asesores de la senadora, este proyecto pretende que los anuncios al público realizados sobre los productos mencionados no puedan: Inducir a la automedicación o al consumo indiscriminado del producto; Atribuir al producto propiedades terapéuticas, nutricionales, diagnósticas, preventivas o de cualquier otra naturaleza que no sean expresamente reconocidas o autorizadas por la autoridad sanitaria y/o encubrir la esencia real de la especialidad medicinal presentándolo como otro producto que no fuera una especialidad medicinal.