Se judicializó la candidatura de alcaldes que van por el cuarto y hasta séptimo mandato
Impugnaron la oficialización de las listas con jefes comunales que pretenden ser reelectos indefinidamente en la provincia. Qué dice la Constitución local y cómo influye el precedente de San Juan.
Todo está listo para que los vecinos de Santa Fe voten a su próximo gobernador y vicegobernador, legisladores provinciales, además de los cargos municipales. Las PASO serán el próximo 16 de julio, mientras que los comicios generales se llevarán adelante el 17 de septiembre.
Sin embargo, los comicios quedaron envueltos en una polémica por la re-re-elección de intendentes. Es que los apoderados del Partido País y del Frente Primero Santa Fe, con el patrocinio del abogado constitucionalista Domingo Rondina, impugnaron esta semana la oficialización de las listas de candidatos a jefes comunales que, en algunos casos, van por su cuarto hasta séptimo mandato.
Algunos de los intendentes cuestionados son Carlos de Grandis, Enrique Luis Marucci, Leonardo Raimundo y Luis Castellano de las localidades de Puerto General San Martín, San Jorge, San Lorenzo y Rafaela, respectivamente. De Grandis, por ejemplo, llegó al cargo en 2001 y va por su séptimo periodo.
Así solicitaron que se rechacen las candidaturas en “estricta aplicación del artículo 107 de la Constitución Provincial y 29 de la ley provincial 2756” al entender que el texto constitucional “limita a solamente 4 (cuatro) años el período de gobierno”.
Y añadieron: "No hay habilitación ni constitucional ni legal que permita que se habilite la reelección de los intendentes santafesinos”.
“Los intendentes santafesinos, en su deseo de perpetuarse en el poder, deben ser impedidos para asegurar la alternancia en el ejercicio del poder republicano”, señala la presentación a la que accedió Data Clave, que además hizo hincapié en la reciente decisión de la Corte Suprema que dejó a Sergio Uñac fuera de carrera electoral. En este último precedente se dijo que “la sucesión indefinida (…) burlaría el sentido de la pauta republicana del artículo 5° de la Constitución Nacional”.