Revés millonario: la Corte confirmó que el Estado deberá pagar mil millones de pesos por la expropiación de Ciccone
El Máximo Tribunal rechazó una serie de recursos presentados por el Estado Nacional y la AFIP, en el marco de la causa abierta por la quiebra de la empresa.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó, por unanimidad, los recursos presentados por el Estado Nacional y la AFIP y, en consecuencia, el Gobierno deberá indemnizar a los acreedores de la compañía ex Ciccone Calcográfica por la expropiación.
La decisión fue firmara por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, en línea con lo dictaminado por el procurador Eduardo Casal.
Se trata de una resolución derivada de la causa por la quiebra de la de Compañía de Valores Sudamericana S.A. (ex Ciccone Calcográfica S.A.). Cabe recordar que en 2012 se declaró a la firma de utilidad pública y sujeta a expropiación, en el medio de cuestionamientos contra el entonces vicepresidente Amado Boudou por sus presuntos vínculos con la empresa.
Se dispuso que la suma que eventualmente se abonaría en cumplimiento del proceso expropiatorio sería “pagada —hasta el monto correspondiente si excediera el de la tasación—, con la deuda que Compañía de Valores Sudamericana S.A., registre ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)".
En el caso, la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la sentencia de la instancia anterior, mediante la cual se declaró la inconstitucionalidad parcial del art. 3° de la ley 26.761, del art. 4° del decreto 252/2013 y de la cláusula 6° del Convenio de Avenimiento. Para así decidir, los camaristas consideraron que no podría consentirse esta compensación.
"Las presentaciones a examen no contienen una crítica concreta y razonada de todos y cada uno de los argumentos en que se sustenta el fallo que se impugna, y solo se limitan a poner de manifiesto la disconformidad con lo resuelto mediante la aseveración de una determinada solución jurídica contraria a la propuesta en el pronunciamiento recurrido, sin desvirtuar los fundamentos que dan basamento a la sentencia apelada", concluyó la Corte.