PASO 2023: la Cámara Electoral fija su atención en el gasto por impresión de boletas de los partidos
Tras constatar anomalías en la rendición de cuentas de las distintas fuerzas, los jueces ordenaron a los auditores controlar a los terceros contratados para realizar dicha tarea.
De cara a los comicios nacionales de octubre, la Cámara Nacional Electoral (CNE) ordenó a su cuerpo de auditores controlar los gastos de impresión de boletas de los partidos políticos, tras detectar "anomalías en la rendición de gastos del aporte público".
"La ley 26.215 contempla la entrega de fondos públicos a los partidos políticos para el financiamiento de actividades de desenvolvimiento institucional", pero “corresponde a la Justicia Nacional Electoral controlar la legalidad sobre el origen y destino de los fondos y patrimonio de los partidos políticos”, sostiene la acordada firmada por Alberto Dalla Via, Santiago Corcuera y Daniel Bejas.
En ese marco, agregaron que “en ejercicio de sus atribuciones jurisdiccionales, administrativas y reglamentarias, esta Cámara ha tenido siempre un rol activo en la adopción de decisiones dirigidas a alcanzar la verdad jurídica objetiva sobre el financiamiento de los partidos políticos y sus campañas electorales”.
Los jueces recordaron que "ya en el año 2017 esta Cámara hizo notar el incremento exponencial de la cantidad de listas de precandidatos oficializadas para las elecciones primarias, que en aquél entonces implicaba un aumento de más del 400 por ciento en relación con comicios anteriores".
Por lo que “corresponde adoptar medidas orientadas a verificar la actividad material y comercial efectiva de los terceros que aparecen contratados por las agrupaciones políticas para llevar a cabo aquella impresión”.
“Cuando lo estime necesario el Cuerpo de Auditores Contadores podrá solicitar datos, documentación y cualquier otro elemento relevante para verificar la actividad comercial de la empresa encargada de la impresión de boletas de votación de una agrupación política”, explicaron.
En cuanto a la forma de pago, atento al volumen de gasto implicado, los camaristas resaltaron que correspondería que la erogación se formalice únicamente por medio de cheque cruzado 'no a la orden' o bien, mediante transferencia bancaria y que se acompañen esos comprobantes junto con las constancias del gasto incurrido.
Finalmente, los magistrados solicitarán a la AFIP ayuda para realizar dicho control.