Paddle VIP: el juez retiene celulares de los imputados para averiguar quiénes estuvieron en el club
Comenzaron las indagatorias de los 16 implicados en los partidos clandestinos en Pilar. Según pudo confirmar Data Clave, el juez Adrián González Charvay dispuso retener los teléfonos de los encausados, lo que da indicios de una continuidad investigativa. Los dueños de las canchas ofrecieron realizar tareas comunitarias.
El escándalo deportivo que salpica a la política tiene un nuevo capítulo. Los rompecuarentena de las canchas del Club Atlético Pilar comenzaron sus declaraciones en el juzgado de Campana y el magistrado a cargo de la investigación solicitó que la justicia se quede con sus celulares para comprobar los cruces telefónicos de ese fin de semana.
En total son 16 los imputados, incluídos el exfuncionario de la municipalidad de Tigre, Fernando Lauría, y el ex subsecretario de Deportes porteño, Luis Lobo. Ambos se vieron obligados a abandonar sus cargos cuando la denuncia por el paddle captó la atención de los medios nacionales.
Una fuente con acceso directo al expediente confió a Data Clave que el magistrado "tiene todas las intenciones de seguir adelante”. Comenzará ahora un relevamiento de cada uno de los teléfonos en los que se revisarán las llamadas que se efectuaron y los mensajes enviados en la previa de los partidos disputados de forma irregular el domingo 28 de junio. De esta manera, podría constatarse qué otras personas estuvieron en el lugar y se retiraron antes del momento de las detenciones. Los trascendidos apuntan al ex ministro del interior del macrismo Rogelio Frigerio, quien habría estado en el establecimiento deportivo por la mañana pero sin participar de los cotejos
Las declaraciones, que se hicieron de forma virtual, coinciden en reconocer las presencias en las instalaciones del Club Pilar durante esa jornada, pero todos negaron que se tratara de un torneo formal. “Simplemente se alquilaron las canchas para la disputa de algunos partidos”, aseguraron ante el juez los concesionarios del predio.
La causa investiga el incumplimiento del artículo 205 del Código Penal que establece "prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia". Ya que la pena máxima imponible no excede los 3 años, los imputados tienen la posibilidad de solicitar la denominada “probation”, que implica que se harían cargo de la reparación del daño en la medida de sus posibilidades.
Tanto Lauría como Claudio Herreros, su socio en la concesión de las canchas, solicitaron cumplir con un cronograma de tareas comunitarias para hacer efectiva la probation. González Charvay liberó los vehículos secuestrados durante el allanamiento original, entre los que se encontraba una camioneta del municipio de Tigre que estaba en poder de Fernando Lauría.