Olivos Gate: para el fiscal, no corresponde hacer lugar al pedido de inexistencia de delito que planteó Alberto Fernández
En agosto, el presidente había considerado (bajo términos técnicos) que no correspondía la investigación por la reunión de cumpleaños. Ahora, el fiscal federal Fernando Domínguez no coincidió con su postura. Define el juez Lino Mirabelli.
El fiscal federal Fernando Domínguez dictaminó en contra del planteo que Alberto Fernández había hecho para ser sobreseído en la causa por el OlivosGate. La decisión sobre el fondo deberá tomarla ahora el juez de San Isidro que tiene a cargo el expediente, Lino Mirabelli.
En agosto, el presidente se había presentado (en ese momento, la causa estaba en Comodoro Py) y había considerado que -en base a un análisis técnico jurídico- debía darse “la excepción de falta de acción por manifiesta atipicidad”. Eso llevaba a que se dicte la inexistencia de delito y se lo sobresea en la causa.
El fiscal no coincidió con su mirada técnica y consideró que los hechos investigados no son atípicos. Es decir, que lo investigado (la reunión de cumpleaños) entra bajo los parámetros de lo previsto en el DNU que restringía movilidad y encuentros sociales en ese momento.
El fiscal no se expidió sobre el ofrecimiento que hizo el Presidente sobre donar por cuatro meses al Hospital Malbrán la mitad de su sueldo a modo de reparación.