Lugones gana la pulseada y podrá ser candidato en las elecciones del Consejo
El camarista federal de San Martín obtuvo el visto bueno de la Cámara Nacional Electoral al habilitar su candidatura en los comicios del próximo martes.
El juez Alberto Lugones (Lista Celeste) podrá competir el próximo martes en las elecciones del Consejo de la Magistratura de la Nación. Así lo resolvió la Cámara Nacional Electoral al confirmar la decisión de la jueza María Servini, quien había habilitado la participación como candidato por el estamento de los magistrados.
El camarista ya integra el Consejo, pero la Lista Compromiso Judicial - que lleva como candidato al juez de la Cámara Comercial Eduardo Machín- impugnó su participación argumentando que la normativa impide la reelección. En un primer término, la Junta Electoral de la Asociación de Magistrados aceptó la impugnación, pero luego Servini habilitó a Lugones.
Esta última decisión fue apelada. Sin embargo, en la Cámara Nacional Electoral se suscitó un problema inicial: Daniel Bejas es apoderado de la misma Lista Celeste de Lugones, mientras que Alberto Dalla Vía se encuentra de licencia por viaje. El único habilitado a intervenir era Santiago Corcuera.
Por ello se realizó un sorteo entre integrantes de la Cámara Civil y Comercial Federal y salieron seleccionados para intervenir Eduardo Gottardi y Juan Perozziello Vizier. Al mismo tiempo y para apurar el trámite, Machín presentó también un per saltum para que el Máximo Tribunal intervenga.
En este contexto y a pocos días de las elecciones, el tribunal consideró que la impugnación fue presentada fuera de plazo y que que el Consejo Directivo de la Asociación de Magistrados modificó los plazos en violación a lo que fijaba el reglamento para las elecciones.
"(...) resulta evidente que no puede admitirse que la estabilidad y certeza de los plazos preclusivos del cronograma electoral se encuentre supeditada a la voluntad discrecional de los propios órganos encargados de desarrollar las actividades", afirmó el camarista Corcuera en relación a la decisión de la Junta Electoral y concluyó que la impugnación "resultó extemporánea y, por lo tanto, no debió tener recepción formal por parte de los órganos facultados para resolverla".
Por su parte, el juez Antelo estimó que es nula la decisión de la Junta Electoral "porque fue adoptada después de vencido el límite temporal para impugnar las candidaturas en esa sede según lo establecido en el cronograma original". Su colega Vizier adhirió al voto.