Las causas por delitos contra la integridad sexual son expedientes complejos para investigar debido a que los hechos suelen ocurrir en la intimidad, por lo que se vuelve fundamental el testimonio de la persona que sufrió el ataque. 

El 25 de julio de 2016 cerca de las ocho de la noche, Yamila (su nombre real se preserva para cuidar su intimidad) salió de la estación Pasteur de la Línea B y se dirigió a su casa. Cuando se encontraba en Junín y Sarmiento buscando en su mochila las llaves, un hombre se le acercó por su izquierda y le tapó los ojos con la bufanda que ella misma llevaba por el frío que hacía ese día.

“Dame la plata y el celular”, le exigió al principio. Después, la hizo caminar unas dos cuadras con los ojos tapados y mientras la amenazaba con un cuchillo. La joven solo pudo ver que, en un momento, ingresaron a un lugar de piso gris -que creyó era un estacionamiento- y que allí el hombre la obligó a practicarle sexo oral. “Necesito liberar tensiones”, le repetía, al mismo tiempo que le decía que su novio “tenía mucha suerte”.

El abuso duró unos minutos. “Te libero pero no mires para atrás porque te voy a clavar el cuchillo”, la amenazó. La chica hizo la denuncia y dio la descripción de lo poco que había podido ver y percibir de su atacante: un hombre más alto que ella, con manos grandes. Pero lo que repitió desde un principio es que jamás olvidaría su voz.

Nueve días después, Rubén Lezcano atacó por detrás a una joven con un cuchillo a tan solo una cuadra de donde había interceptado a Yamila. La situación, en este caso, se vio frustrada por la intervención de algunas personas que ocasionalmente pasaban por ahí y lo detuvieron frente al pedido de ayuda de la víctima. 

Ese episodio dio cuenta de un modus operandi de Lezcano y fue una de las cinco pautas que tomó el fiscal Sandro Abraldes cuando lo acusó en el juicio por el abuso sexual contra Yamila. “Hubo un plan urdido y perfectamente diseñado para abordar a las víctimas”, aseguró. La descripción que hizo la denunciante, la triangulación de las antenas que activó el celular del acusado, una serie de manifestaciones que hizo Lezcano y el reconocimiento de voz conformaron una concatenación de evidencias que llevaron a la condena.

La voz del agresor, el reconocimiento y las escuchas

En julio de 2019, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 28 condenó a Lezcano a seis años de prisión por el delito de “abuso sexual agravado por ser gravemente ultrajante para la víctima”.

Al momento del segundo episodio, el hombre dio un número de celular que después fue clave para la acusación por el abuso. Gracias a la triangulación de distintas antenas, se pudo establecer que la línea se activó el 25 de julio de 2016 en las cercanías de la zona donde fue atacada Yamila. Para que no quedaran dudas de que el celular le pertenecía, también se estableció que se activaba en Florencio Varela, lugar donde vivía Lezcano.

Además, dentro de la causa están las escuchas obtenidas luego de la intervención del teléfono, donde el hombre habla con otra persona, le dice que lo perseguía la policía pero que “había tirado todo a la mierda” y que “no había evidencia”. “No puede hacerse otra interpretación más que concluir que indudablemente se estaba hablando de lo sucedido y que habían “limpiado” el lugar del hecho, para entorpecer el accionar de la justicia y así asegurar su impunidad, lo que en definitiva no sucedió”, marcó el Tribunal en su sentencia.

En su declaración, Yamila marcó siempre que su agresor tenía una forma de hablar muy particular y que podía identificar su voz sin dudas. En el juicio, declaró un técnico de la División Acústica Forense de la Policía Federal Argentina, que explicó paso a paso el procedimiento: primero, se tomaron distintas grabaciones de voces masculinas para compararlas con la voz del acusado. Explicó que se intentó imitar las distintas características melódicas de la voz que debía identificar la joven.

La idea es justamente que las voces sean similares, tal como se hace en una rueda de reconocimiento “habitual”, donde se buscan personas con características físicas parecidas. Yamila no dudó y reconoció a su agresor siempre.

Tras la condena, la defensa de Lezcano decidió cuestionarla. El fallo de la Cámara de Casación Nacional rechazó todo lo planteado por el acusado y fue dictado hace algunas semanas aunque no había sido revelado hasta ahora. 

Un fallo fundamentado y la importancia de las evidencias

“Pese a lo sostenido por la defensa, resulta claro que ambos episodios presentaron características similares, pues ocurrieron en una misma zona ­lo que resulta lógico si allí se encuentra el lugar al que ‘Yamila’ fue conducida­, afectaron a mujeres jóvenes de entre 25 y 30 años, y se desarrollaron con una modalidad semejante, aunque en el segundo de los hechos quedó interrumpida su ejecución por la reacción de la mujer y la intervención de terceros en su auxilio”, explicó en primer lugar el fallo de Casación al que accedió Data Clave.

Los camaristas destacaron el testimonio de Yamila: “Que ella no haya podido reconocer por su rostro al agresor, ni brindar mayores datos de él o del lugar donde ocurrió el episodio abusivo, tampoco implica una contradicción ni debilita la credibilidad de sus dichos”. 

“Además, la víctima fue clara al señalar que reconocería la voz del atacante, pero en modo alguno indicó ­como lo consignó el recurrente­ que podría hacerlo ‘sólo por la forma vulgar de hablar’, sino que ello fue una característica que señaló, a la que le sumó el detalle de que la voz era grave y la forma de terminación de las palabras ­resaltando esto último­”, agregaron.

Por último, hicieron foco en la importancia del reconocimiento de voz y la forma en que se hizo: “Tal como indicó el profesional, las voces del cotejo no debían ser de diferentes personas con variedad etaria, de sexo, o de forma de hablar ­como parece pretender la defensa­ sino que, por el contrario, se procuró que fueran similares, extremo que se ajusta a la regla general ­semejanza entre los integrantes de la rueda­ que fija el artículo 272 del Código Procesal Penal de la Nación en materia de reconocimiento de personas”, explicaron.