El diputado nacional Luis Petri (UCR), acompañado por varios legisladores de Juntos por el Cambio, presentó un proyecto de ley que autoriza y regula el uso de armas no letales por parte de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Nacional. La normativa establece el marco de “condiciones y circunstancias” en que pueden ser utilizadas. “El proyecto es nuevo y tiene muchas innovaciones”, aseguró el diputado a Data Clave.

El tema del uso de armas no letales como las pistolas “Taser” se coló nuevamente en la opinión pública a partir de la aparición del caso “Chano” Charpentier reducido por un arma de fuego en medio de un brote psicótico. Esto trajo el recuerdo del policía muerto por un arma blanca en las cercanías del Malba durante el 2020.

El autor del proyecto aseguró que “de haber contado con las taser, hoy no tendríamos que lamentar casos como los de Chano o el fallecimiento del policía Roldán”, afirmó. El texto tiene las firmas de Alfredo Cornejo, Waldo Wolff, Fernando Iglesias, Carla Piccolomini, Omar de Marchi, Álvaro de Lamadrid, Julio Sahad, Pablo Torello, Adriana Ruarte y Francisco Sanchez.

Luis Petri (UCR-Mendoza)
Luis Petri (UCR-Mendoza)

En tanto, acusó al gobierno por derogar el protocolo de uso de armas de fuego y no letales “atando de manos y exponiendo” a la policía. “Tanto las Fuerzas Federales, como las provinciales, deben estar dotadas de pistolas taser, capacitado el personal policial y establecidos los protocolos para su correcto funcionamiento. No hay excusas para que ello no suceda”, dijo Petri.

La oposición destacó que que en el año 2019 el Ministerio de Seguridad emitió la Resolución 395/2019, dictada por la entonces Ministra de Seguridad Patricia Bullrich, mediante la cual se aprobaba y reglamentaba su uso, normativa fue derogada por el actual Gobierno Nacional, mediante la Resolución 1231/2019.

“Nuestra iniciativa recepta la buena reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo en el año 2019, pero además dispone, a fin de eliminar cualquier tipo de controversia respecto de las mismas, que sólo deberán utilizarse exclusivamente en situaciones en que hubiera estado justificado el empleo de una fuerza mayor o letal”, explicaron. 

El proyecto describe en qué situaciones se podrán usar: Para inmovilizar, proceder a la detención o para impedir la fuga de quien manifieste peligro inminente de lesionar a terceras personas o de autolesionarse, cuando deba ejercerse la legítima defensa propia o de terceras personas y para impedir la comisión de un delito de acción pública.

Además, se prohíbe la utilización contra personas vulnerables, tales como niños, mujeres embarazadas o ancianos y en otros supuestos que no hagan aconsejable su uso de acuerdo a criterios científicos y conforme lo determine la reglamentación de la ley. 

Por último, establece la obligatoriedad de contar con armas electrónicas no letales en todos los móviles policiales afectados a tareas de prevención y su disponibilidad en eventos, espectáculos o lugares de  concurrencia masiva de público donde el uso del arma de fuego pueda suponer un riesgo a la vida de terceros.

“Es imprescindible aprobar dicha normativa para tener que dejar de lamentar hechos graves, sea por la utilización de armas de fuego o desistir del uso de la misma”, concluyó el diputado en los fundamentos del proyecto.

PROYECTO: