La Fiscal de Estado de Chaco, Cecilia Fernández Almendra, apeló ante la Cámara Civil y Comercial de Resistencia la resolución judicial de la jueza Marta Aucar de Trotti que dejó sin efecto en toda la provincia la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo, aprobada por el Congreso nacional a fin de año y promulgada por el presidente Alberto Fernández el pasado 15 de enero.

Tal como contó Data Clave, la magistrada a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial N°19 de Resistencia estableció la semana pasada -precisamente el 28 de enero- que no se aplique la ley en todo Chaco. En los argumentos menciona la “presunción de validez” de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) y hace referencia a el derecho a la vida desde la concepción, coincidente con lo que sostenían los denominados “pro vida”.

Se trata de la primera medida cautelar en la que se le da lugar a un planteo que va en contra de la vigencia de la Ley 27.610 sancionada en diciembre de 2020, promulgada el 15 de enero por el presidente Fernández y en vigencia desde el 24 de enero.

Una de las cuestiones que llama la atención del fallo es que la jueza Aucar de Trotti no explica cuál es la legitimación que tienen las personas para pedir esta inconstitucionalidad y la medida cautelar. En el Derecho se exige que cuando se hace una solicitud de este tipo se especifique a quién representa el abogado o a quién quiere representar y quién es la persona que se vería perjudicada por la Ley en cuestión. 

Como contrapeso, la fiscal Fernández Almendra apeló esa Resolución ante la Cámara Civil y Comercial de Resistencia. De esta manera, la aplicación de la Ley 27.610 en la provincia dependerá del fallo de la Cámara, o bien del recurso de inhibitoria presentado por el Procurador del Tesoro de la Nación este martes.