Chaco: una jueza ordenó suspender la ley de aborto legal, seguro y gratuito
Es la primera medida cautelar en la que se le da lugar a un planteo de inconstitucionalidad de la vigencia de la Ley 27.610. La magistrada hizo referencia al derecho a la vida desde la concepción. El conflicto puede llegar a la Corte Suprema.
La jueza de feria Marta Aucar de Trotti otorgó una cautelar y ordenó suspender la ley de aborto legal, seguro y gratuito en Chaco.
La magistrada a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial N°19 de Resistencia, estableció que no se aplique la ley en todo Chaco. En los argumentos menciona la “presunción de validez” de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) y hace referencia a el derecho a la vida desde la concepción, coincidente con lo que sostenían los denominados “pro vida”.
Esta es la primera medida cautelar en la que se le da lugar a un planteo que va en contra de la vigencia de la Ley 27.610 sancionada en diciembre de 2020, promulgada el 15 de enero por el presidente Alberto Fernández y en vigencia desde el 24 de enero.
El pedido de inconstitucionalidad presentado señala que el art.15 inc.1 de la Constitución Provincial garantiza el derecho “a la vida y a la libertad, desde la concepción” y que debe primar la ley más favorable a la persona humana. “Si bien pueda existir una presunción de validez ante la Ley que se cuestiona, de la simple lectura de las restantes normas antes mencionadas, también plenamente vigentes, requiere de un mayor análisis de la validez en su aplicación respecto de la primera, ante un conflicto de normas e intereses que deban ser protegidos y que prevalezcan sobre la misma”, indica la jueza.
La magistrada aclara que el peligro en la demora se encuentra acreditado por la aplicación inmediata de una ley, que va en contra de “la protección al Derecho a la vida desde la concepción y en relación al niño por nacer”, expresamente prevista en la Constitución Provincial.
Una de las cuestiones que llama la atención del fallo es que la jueza Aucar de Trotti no explica cuál es la legitimación que tienen las personas para pedir esta inconstitucionalidad y la cautelar. En el Derecho se exige que cuando se hace una solicitud de este tipo se especifique a quién representa el abogado o a quién quiere representar y quién es la persona que se vería perjudicada por la Ley en cuestión.
La jueza ahora puede resolver sobre el fondo de la cuestión, es decir, la inconstitucionalidad de la ley. Mientras tanto, le giró a la Fiscalía de Estado de la provincia de Chaco para que de su opinión en el expediente. Seguramente luego intervendrá la Cámara Civil y Comercial de Chaco, que deberá revisar tanto la cautelar como la decisión de la jueza. El conflicto puede llegar incluso al Superior Tribunal de Justicia de Chaco y desde allí saltar a la Corte Suprema de la Nación. Otro escenario posible es que Chaco decida no apelar la cautelar, por lo que quedaría firme la resolución que dictó la magistrada. El gobernador Jorge Capitanich está en contra de la legalización del aborto mientras que la vicegobernadora Analía Rach Quiroga está a favor.