La Corte le pone suspenso a la definición del caso Castelli
El máximo tribunal resolvió suspender la Resolución de Consejo de la Magistratura sobre hasta tanto resuelva el fondo del asunto. De esta maenar, la situación queda pendiente y le permite al juez quedarse en el Tribunal Oral Federal 7 momentaneamente.
La Corte Suprema de Justicia resolvió por mayoría suspender la Resolución de Consejo de la Magistratura que dispuso la revisión del traslado del juez Castelli hasta tanto resuelva el fondo del asunto. Es decir, deja pendiente la situación y le permite mientras tanto quedarse en el Tribunal Oral Federal 7.
La decisión fue tomada por los mismos jueces otra vez: Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti con el voto concurrente de la jueza Elena Highton de Nolasco. Se remitieron, lógicamente, al fallo que dictaron esta semana por el caso de Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi.
"Revoca la sentencia recurrida, y se ordena la suspensión de los efectos de la resolución 183/2020 hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la causa", marcaron.
La diferencia con el caso de Castelli es que el juez llegó a la Corte luego de que le negaran una cautelar y no como Bruglia y Bertuzzi que ya tenían un fallo en contrario en primera instancia. Cabe recordar que el martes, los cuatro jueces sostuvieron que los traslados no son permanentes ni definitivos y que forman parte de un sistema excepcional.
A principios de septiembre, la jueza en lo contencioso administrativo Macarena Marra Giménez rechazó el dictado de la medida cautelar para impedir la revisión en el Senado de la Nación del traslado de Castelli.
"Considero que no se hacen presente los presupuestos establecidos por la normativa aplicable en la especie para otorgar la precautoria requerida", indicó la jueza en el fallo y argumentó que como la causa se encuentra en trámite, con los pedidos de informes correspondientes, dictar una medida cautelar "configura un anticipo de jurisdicción favorable respecto del fallo final de la causa, lo que justifica mayor prudencia en la apreciación de los recaudos que hacen a su admisión".
Castelli había promovido la acción de amparo contra el Estado Nacional y el Consejo de la Magistratura para que se declare la nulidad absoluta y la inconstitucionalidad de la resolución 183 dictada por el organismo que supervisa a los jueces y que dispuso la revisión en el Senado de diez traslados, entre ellos el suyo.
El juez fue trasladado al TOF7 porteño desde un Tribunal Oral Federal de San Martín el 9 de octubre de 2018.