Andrea -nombre ficticio para preservar su identidad- fue condenada a la pena de cuatro años y tres meses de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de transporte. Meses más tarde, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular la permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente.

La mujer, de nacionalidad boliviana, vive hace varios años en el país y tuvo cuatro niños. A lo largo de su vida padeció violencia de género por parte del padre de tres de sus primeros hijos. Todos los menores se encuentran regularmente escolarizados en el sistema de educación pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y ven cubiertas sus necesidades alimentarias a través del comedor comunitario.

Su caso llegó a la Corte Suprema de Justicia que, por mayoría, concluyó que no corresponde la expulsión. En concreto, los ministros Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti hicieron hincapié en la situación de vulnerabilidad de los menores y el peligro de desamparo en caso de llevarse adelante la medida dispuesta por Migraciones.

Los jueces destacaron las consecuencias que tendría "la separación física de su madre, puesto que ella –único progenitor con quien tres de los niños mantienen vínculo– es su cuidadora primaria y proveedora de lo necesario para su subsistencia y desarrollo".

En cuanto a la alternativa de que los hijos abandonen el territorio nacional junto a su madre, los magistrados también afirmaron que "les resultaría especialmente gravosa, por cuanto en su actual centro de vida reciben una contención y asistencia fundamental para su desarrollo integral".