La Cámara Federal le dio la razón a Socma y revocó el archivo de una denuncia por el Correo
Dispuso que el juez federal Sebastián Casanello siga con la investigación por supuestas irregularidades en la causa por la quiebra del Correo Argentino. La empresa de la familia Macri había denunciado una connivencia entre Nissen, Boquín y Zannini para perjudicarlos. Tras esto, la Cámara porteña revocó la causa y pidió profundizar las medidas.
La Cámara Federal porteña revocó un fallo que archivó por inexistencia de delito en una denuncia de la empresa Socma por supuestas irregularidades en la causa por la quiebra del Correo Argentino, de la que es accionista principal.
El Tribunal de Apelaciones dispuso que el juez federal Sebastián Casanello siga con la investigación pese a que la fiscalía de instrucción dictaminó a favor del archivo por inexistencia de delito. Esa decisión fue apelada por los abogados de Socma Americana SA, como accionista principal del Correo Argentino, y los camaristas Martín Irurzun y Mariano Llorens revocaron el archivo y dispusieron que se ordenen medidas de prueba antes de volver a tomar una decisión.
En la denuncia de la empresa de la familia Macri, aludieron a una supuesta unión entre la fiscal del caso, Gabriela Boquín; el titular de la Inspección General de Justicia (IGJ), Ricardo Nissen; y el procurador del Tesoro de la Nación, Eduardo Zanini. "Una supuesta connivencia entre miembros de la justicia, organismos del Estado y el poder político para requerir la quiebra judicial de la empresa y la extensión a sus accionistas, y el consecuente desapoderamiento ilegitimo de los bienes del sujeto quebrado", argumentaron.
Los camaristas reconocieron que -como había argumentado la fiscalía de instrucción- "no corresponde" al fuero federal "examinar el contenido de las decisiones jurisdiccionales adoptadas por la justicia comercial en el ámbito de su competencia".
Estos aspectos, "como bien han sostenido el Ministerio Público Fiscal y el juez, encuentran en el ámbito recursivo propio su adecuado marco de tratamiento". Sin embargo Irurzun y Llorens interpretaron que "es resorte de esta sede determinar si las personas que fueron denunciadas han actuado en el ejercicio de sus funciones motivadas en la infracción a una norma penal".
Por ello, ordenaron en el fallo realizar "diligencias orientadas a verificar si el accionar -que se habría cristalizado en diversos actos jurisdiccionales-, pudo haber respondido a una ilegítima motivación no evidenciada en la actividad formal desplegada", para "establecer o descartar si el abuso de autoridad, la falsedad ideológica de documento público y la alteración de sistema informático denunciados encuentran algún respaldo".