Cómo es el proyecto "buena muerte" que regula la eutanasia para pacientes críticos y con cuadros irreversibles
Se trata de una iniciativa que llevó adelante el abogado Daniel Ostropolsky, paciente diagnosticado de Esclerosis lateral amiotrófica (ELA) al igual que el senador Esteban Bullrich. El proyecto fue presentado en Diputados y Senadores con el empuje de los diputados radicales de Mendoza y San Luis.
La Unión Cívica Radical (UCR), con el empuje de sus diputados y senadores de Mendoza y San Luis, presentaron el proyecto de ley "buena muerte", con la misión de regular la eutanasia activa para que pacientes críticos y con situaciones médicas irreversibles puedan terminar con su vida voluntariamente.
La iniciativa ya fue enviada a las cámaras de Diputados y Senadores y cuentan con las firmas de Alfredo Cornejo, Jimena Latorre y Alejandro Cacace en la Baja y de Julio Cobos y Pamela Verasay en la Alta.
Se trata de un proyecto que fue ideado por el abogado mendocino Daniel Ostropolsky, diagnosticado de Esclerosis lateral amiotrófica (ELA) desde hace cuatro años, la misma enfermedad neurodegenerativa terminal progresiva que afecta las células nerviosas del cerebro y la médula espinal que padece el senador nacional Esteban Bullrich.
Actualmente, la ley de Argentina contempla la posibilidad de no continuar con la vida a partir de la ley de Salud Pública 26.529, pero no de terminarla. En uno de los apartados del artículo 2 de esa ley, se informa que el paciente tiene el derecho "a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad".
En este caso, el nuevo proyecto lo que busca es "regular el derecho de toda persona a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir; el procedimiento formal a ese efecto; las garantías que han de observarse y los derechos y deberes del personal médico y el servicio de salud".
En el artículo dos de la nueva ley que busca sancionarse, y que se trabajará en las comisiones de ambas cámaras, establece en los apartados que el paciente puede "solicitar y recibir la prestación de ayuda para morir", así como "requerir y acceder a la atención de la prestación de ayuda para morir, en los servicios del sistema de salud".
A su vez, plantean en uno de los artículos que los requisitos para solicitar ayuda para morir son cuatro:
a) Sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante. Se considerará tal a todos los efectos de esta ley, a la situación que hace referencia a limitaciones que inciden directamente sobre la autonomía física y actividades de la vida diaria, de manera que no permite valerse por sí mismo, así como sobre la capacidad de expresión y relación, y que llevan asociado un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable para quien lo padece, existiendo seguridad o gran probabilidad de que tales limitaciones vayan a persistir en el tiempo sin posibilidad de curación o mejoría apreciable. En ocasiones puede suponer la dependencia absoluta de apoyo tecnológico.
b) Ser ciudadano argentino, mayor de edad, plenamente capaz al momento de presentar la solicitud.
c) Formular dos solicitudes de manera voluntaria y por escrito, en documento fechado y firmado, o por otro medio que permita dejar constancia fehaciente, con una separación de al menos quince días corridos entre ambas. El médico del paciente, podrá disponer la reducción de ese plazo atento a las circunstancias clínicas concurrentes, de las que deberá dejar constancia en la historia clínica.
d) Prestar consentimiento informado. Dicho consentimiento se incorporará a la historia clínica del paciente.
e) Una vez cumplidos los requisitos anteriores, el médico responsable, antes de la realización de la prestación de la ayuda para morir, pondrá el caso en conocimiento del presidente de la Comisión Médica de Asistencia y Evaluación.
El proyecto también contempla el uso de la eutanasia activa en los menores. Las personas que tienen más de 16 años podrán requerir de este derecho sin la autorización de un tercero, mientras que los menores de este rango requerirán de una aprobación previa de un familiar y/o tutor.
"En síntesis, la ley de muerte digna en Argentina permite la eutanasia pasiva bajo el nombre de 'muerte digna'. Y a través del proyecto actual se pretende ampliar la regulación también a la eutanasia activa por los motivos expuestos a continuación", sintetizan los diputados del radicalismo que firmaron este proyecto dirigido al titular de la cámara Baja, Sergio Massa.