Casación Federal rechazó apartar a los jueces y fiscales de la causa Vialidad
Los camaristas Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos no hicieron lugar al pedido de la exmandataria. El juicio por el presunto direccionamiento de la obra pública se encuentra en la instancia final de alegatos.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el pedido de la vicepresidenta Cristina Kirchner para apartar del debate a los jueces Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini y a los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, en el marco de la causa conocida como Vialidad.
A mediados de agosto, el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 que interviene en la causa por el supuesto direccionamiento de la obra pública vial en Santa Cruz entre 2003 y 2015 rechazó todas las recusaciones que habían sido planteadas hacia algunos de sus integrantes y hacia los fiscales.
Las principales recusaciones fueron las planteadas contra el fiscal Luciani y el presidente del Tribunal, Uriburu, por haber compartido un equipo de fútbol denominado "la Liverpool" que, además, en más de una oportunidad fue a disputar encuentros deportivos a la quinta Los Abrojos, de propiedad de Mauricio Macri. También apuntó con el juez Gorini, a quien le reprochó haber visitado la Casa Rosada durante la gestión de Cambiemos.
"Creo que estamos ante una situación realmente muy grave que debe ser analizada en su conjunto. Todo esto ha herido de muerte la credibilidad de este juicio", sostuvo el abogado Carlos Beraldi, defensor de la vicepresidenta.
La defensa recurrió la decisión, pero los jueces Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos no hicieron lugar al pedido de la exmandataria. "Por regla general, las resoluciones que deciden acerca de recusaciones no son susceptibles de ser impugnadas ante esta instancia", advirtieron los magistrados.
También destacaron que la vicepresidenta "no logró demostrar, ni se advierte en el estado actual del proceso, la existencia de un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior o una cuestión federal debidamente fundada que permita excepcionar ahora la regla general". Tampoco pudo demostrar la "arbitrariedad de los fundamentos" del TOF.