Cepo al Ponzi Argentino
El Banco Central busca de diversas maneras frenar el goteo de divisas y establecer tipos de cambio de referencia a través de la intervención en el mercado abierto de futuros y dólar MEP.
Argentina se ha transformado en una suerte de gran esquema de Ponzi en el que, en resumen, un sector como el agropecuario es el que mayoritariamente aporta reservas al Banco Central y todo el resto buscan salir del esquema quitándoselas al mejor precio posible. Esto lleva a que, el Banco Central busca de diversas maneras frenar el goteo de divisas y establecer tipos de cambio de referencia a través de la intervención en el mercado abierto de futuros y dólar MEP.
Como en todo mercado donde se ponen restricciones, se incentiva automáticamente la aparición de mercados paralelos. Así, Argentina, tiene cerca de 13 tipos de cambio distintos para el dólar, el oficial, el oficial más los impuestos, el soja (menos retenciones), el cripto, el MEP, el Contado con Liquidación (CCL) y así podemos seguir contando. Dado que no se ataca el origen del problema, que es la desconfianza en nuestra moneda, se generan incentivos para que surjan nuevas cotizaciones.
Adicionalmente a esto, las distintas cotizaciones dan oportunidades de arbitraje. Es decir, si uno puede hacerse de dólares a una cotización más baja y luego venderlos a una más alta, surgen posibilidades de generar ingresos simplemente por la compraventa. Así, el Central en el afán de frenar estos arbitrajes, emite nuevas regulaciones de segunda generación, que apuntan a limitar los posibles arbitrajes y así frenar la cantidad de dólares que debe disponer para contener y marcar el tipo de cambio.
Por ello, el martes de esta semana a través de la Resolución 907/21, dispuso un límite de 50.000 nominales (alrededor de USD 18.000) semanales para la venta de valores negociables denominados en dólares y emitidos bajo Ley local. Es decir, el límite aplica para los famosos bonos “AL”, del cual el más utilizado para este tipo de operaciones de “dólar MEP” o “CCL” es el AL30. Pero, además, para comprar o vender cualquier activo en dólares bajo la especie “D” o “C”, como por ejemplo el “GD30” o transferir valores negociables desde o hacia el exterior, no se debe haber vendido previamente ningún bono “AL” en dólares en los últimos 30 días y comprometerse a no hacerlo en los próximos 30.
Esta limitación, desde luego, busca poner un límite monetario a los arbitrajes que se venían haciendo entre las especies AL, GD y via CEDEARS. De esta manera busca disminuir el monto de drenaje diario de las reservas del Central. No es una solución al problema, sólo ataca los síntomas y nos permite un puente o una extensión de la agonía que permita llegar a las elecciones de noviembre. Lamentablemente, mientas se sigan atacando los síntomas y no las causas, es de esperar que la demanda por dolarizarse continúe y, tarde o temprano, enfrentaremos la realidad de un déficit descontrolado financiado con impresión de pesos por un Central cuyas reservas netas tienden a cero.