Resolución de fondo: rechazaron dictar un amparo en contra del Aporte Solidario
“No está probado que se haya desnaturalizado el derecho a la propiedad”, dijo un juez del fuero en lo Contencioso Administrativo Federal al rechazar el pedido de declararlo inconstitucional.
El juez en lo contencioso administrativo federal Walter Lara Correa rechazó hoy dictar un amparo en contra del Aporte Solidario y Extraordinario, mediáticamente conocido como "impuesto a las grandes fortunas".
Esta decisión es la primera en donde se definió el fondo de la cuestión: la inconstitucionalidad del Aporte, creado por ley el año pasado. Para el juez, no existieron elementos para sustentar esa consideración.
De acuerdo al fallo, obtenido por el portal Palabras del Derecho, la persona que presentó el amparo consideró que se encontraba afectado su derecho a la propiedad y consideró que el aporte era confiscatorio.
Además, se quejó porque actualmente no está viviendo en el país. Esa último punto fue cuestionado por el magistrado ya que no fueron aportadas las constancias que probaran esa residencia.
En un largo análisis, el juez citó una parte de los debates que se dieron en el Congreso de la Nación durante la sanción de la ley, tanto en Diputados como en Senadores. En un primer punto, consideró el magistrado que la norma no vulnera la garantía de igualdad porque no se trata de una decisión irrazonable ni tampoco responde a un "propósito de hostilidad" contra ciertos individuos.
En el caso particular, el juez destacó que la persona no pudo probar que la carga legal que impone el aporte "resulte desmesurada" y que se vuelva una "exigencia insoportable" o que restrinja su patrimonio "de tal manera de verse imposibilitado de ejercer su plan de vida”. Para el magistrado, el hombre que cuestionó el aporte "no demostró de modo concreto y categórico ni ofreció producción de prueba" sobre la supuesta afectación a su derecho a la propiedad.
"No acreditó que el aporte comprometa seriamente su existencia y/o calidad de vida y la consecuente frustración del ejercicio de sus derechos fundamentales", marcó Lara Correa. La decisión puede ser apelada y llevada a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que ya tiene en estudio otras resoluciones aunque solo de cautelares que buscaban frenar el cobro por parte del Estado y que en una gran mayoría de los casos fueron rechazadas.