Oficializaron la derogación de la célula azul para la circulación vehicular
Para el Gobierno, es un documento que "carece de sustento y aplicaciones prácticas". Además, se anunció que la célula verde no tendrá plazos de vencimiento y que podrá utilizarse para la inscripción Inicial, las transferencias, comunicaciones de recupero y cambios de radicación o domicilio.
El Ministerio de Justicia oficializó la derogación de la Célula Azul para la conducción de vehículos, al considerar que se trata de un documento que “carece de sustento y aplicaciones prácticas”, y estableció que la Célula Verde que utilizan los propietarios de las unidades no tiene ya fecha de vencimiento.
De esta forma, se formalizó el anuncio hecho por el Gobierno diez días atrás mediante la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), difundida hoy en el Boletín Oficial.
La Cédula Azul, conocida como “Cédula de Identificación para autorizado a conducir”, permitía al titular de un vehículo autorizar a terceros para su manejo.
Sin embargo, “con el establecimiento del no vencimiento de las Cédulas de Identificación por el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, la utilidad práctica de la cédula azul se vio comprometida, justificando así su derogación”.
Ahora, se emitirá una cédula verde original en diversos trámites, los cuales incluyen la inscripción Inicial, transferencias, comunicaciones de recupero, cambios de radicación o domicilio, entre otros casos específicos.
Estas cédulas se expedirán en formato físico y digital, siendo la versión física disponible para su retiro en el legajo del dominio y la digital accesible a través del “Perfil Digital del Ciudadano” en la aplicación “Mi Argentina”.
La disposición establece que la DNRPA no emitirá más la cédula verde en casos como la ausencia de titularidad del peticionario, denuncias de robo o hurto sin recupero, órdenes judiciales o administrativas que prohíban la circulación del vehículo, entre otros.
Las Cédulas de Identificación del Automotor y del Motovehículo no caducarán mientras no haya cambios en la titularidad del vehículo, con excepción de casos específicos en los cuales se determine un plazo de vigencia.
Los duplicados de estas cédulas podrán ser solicitados y expedidos electrónicamente para titulares registrados como personas humanas. Se emitirán sin fecha de vencimiento, a menos que una norma vigente fije un plazo.
La normativa recuerda que las cédulas verdes emitidas anteriormente y que contengan una fecha de vencimiento en su formato físico, así como las cédulas azules ya emitidas, seguirán siendo válidas hasta que sean revocadas por el solicitante.
De esta manera, la documentación que se necesitará para circular son el documento Nacional de Identidad (DNI); la Licencia Nacional de Conducir; la Cédula verde; Comprobante de seguro vigente; Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV) y patentes colocadas visibles y sin alteraciones.
Además, las unidades vehiculares deberán portar matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.