Confirman una condena de 500 mil dólares a Luis Miguel Etchevehere por desviar el destino de un crédito
También fueron condenados sus hermanos y su madre. Pidieron préstamos al Banco Itaú para financiar cosechas y los usaron en su propio beneficio.
La Justicia confirmó una condena y una multa millonaria para el ex presidente de la Sociedad Rural Argentina y ex ministro de Agricultura, Luis Miguel Etchevehere, por haber usado en beneficio propio un crédito bancario que se había tomado para financiar la cosecha de una de las empresas del holding familiar.
La condena alcanzó además a sus hermanos y a su madre, tras una denuncia que realizó su hermana Dolores, quien fue despojada de todos los bienes que le correspondían por herencia tras la muerte de su padre, por el resto de los integrantes de la familia.
La Cámara Federal de Paraná confirmó la condena y les impuso a los Etchevehere una multa de 500 mil dólares por los delitos de falsa declaración cambiaria e incumplimiento de la finalidad específica de los préstamos obtenidos en moneda extranjera.
El abogado defensor Rubén Pagliotto argumentó que los dos créditos otorgados por el Banco Itaú a la empresa Las Margaritas tenía por finalidad financiar cinco cosechas de soja, luego de la firma de un contrato con la empresa Molinos Río de la Plata para la venta de 200 toneladas de esa oleaginosa entre 2012 y 2016.
Durante la audiencia ante la Cámara, en la que pidió la absolución de los condenados, sostuvo que el “desastre agropecuario” que se generó en esa época debido a sequías intensas producidas al alterarse de modo sustancial el régimen de lluvias, habrían obligado a los imputados, “en resguardo de la integridad financiera y para evitar futuros quebrantos, a tener que diferir en el tiempo el cumplimiento del destino del crédito”.
Pagliotto dijo además los acusados resolvieron en una reunión de directorio (con la empresa intervenida judicialmente), que la sociedad anónima le ofrecía a sus socios ese dinero, “con el ánimo de evitar que permaneciera inmovilizado e improductivo, dado que el estatuto social y la propia LSC lo permitían y sus defendidos ignoraban que ello estaba prohibido”.
El juez de primera instancia resolvió en diciembre de 2020 condenar a Leonor María Magdalena Barbero Marcial, a Luis Miguel Etchevehere, a Arturo Sebastián Etchevehere, a Juan Diego Etchevehere y, en forma solidaria, a la empresa “Las Margaritas S.A” por las las infracciones mencionadas al pago de una multa de U$S 500.000.
Tras la apelación de esa resolución, la causa llegó a la Cámara Federal de Paraná, que con la intervención de los jueces Mateo Busaniche, Cintia Gómez y Beatriz Aranguren, en forma unánime resolvieron esta semana ratificar lo resuelto por la instancia anterior.
Los camaristas ratificaron la condena al sostener que “ha quedado demostrado que la firma y sus directores incumplieron con el destino específico de los préstamos, atento que, en lugar de acatar lo establecido en los contratos de venta en firme de mercadería al exportador -Molinos Río de la Plata S.A.-, en el cual se comprometían a entregar a este un total de 1000 toneladas de soja, cada una por 200 toneladas con entregas consecutivas al 31/05 de los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, finalmente, por decisión del directorio se utilizaron para que Leonor María Barbero Marcial, Juan Diego Etchevehere, Arturo Sebastián Etchevehere, y Luis Miguel Etchevehere, se autofinanciaran un préstamo de U$S 250.000, neto de comisiones e impuestos y a una tasa del 8% anual, por lo que se evidenció la falsedad de la declaración jurada cambiaria, suscripta para el otorgamiento de los créditos”.
Los jueces abundaron que “en su carácter de miembros del directorio modificaron el destino del préstamo realizado por el Banco Itaú Argentina S.A., el que debió ser aplicado para la financiación de productores de bienes a ser exportados a terceros” y que en lugar de destinarlos a ese fin, se los quedaron en beneficio propio, por lo que que correspondía ratificar la condena con la multa de medio millón de dólares.