A pocos menos de una semana de los comicios generales, la Cámara Nacional Electoral publicó el padrón definitivo para que los ciudadanos puedan ver qué establecimiento y mesa se votará en las categorías Presidente, Parlasur (nacional y regional), diputados y en algunas provincias también senadores.

El padrón definitivo se podrá consultar en el sitio web www.electoral.gob.ar y en www.padron.gob.ar. Según el procedimiento, el elector debe introducir en el sistema su número de documento, género, distrito donde vota e ingresar un código verificador. A partir de esos datos, el ciudadano conocerá el establecimiento y la mesa en que debe sufragar.

El máximo tribunal electoral remarcó que a la hora de votar el ejemplar del documento debe ser igual o posterior al figura en el padrón. Aclararon, además, que el "DNI en tu celular" no es válido.

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X de Cámara Electoral

A nivel nacional, los residentes extranjeros no tienen derecho a votar en elecciones para cargos nacionales, incluyendo diputados, senadores, presidente y vicepresidente. Sin embargo, algunas provincias permiten el voto de ciudadanos extranjeros en cargos provinciales y municipales, mientras que otras solo lo permiten para cargos municipales, dependiendo de la legislación local.

Para poder ejercer el voto en estas circunstancias, el ciudadano extranjero debe contar con un Documento Nacional de Identidad (DNI) y solo aquellos admitidos en el país en calidad de "residentes permanentes" o "residentes temporarios" pueden tramitarlo.

Los electores extranjeros no están obligados a votar y, en caso de que deseen hacerlo, deben registrarse en un registro especial habilitado para tal fin